El Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) celebrará una sesión plenaria extraordinaria el próximo 30 de octubre en la que está previsto que su presidente, Ángel Tristán Pimienta, proponga una modificación puntual y urgente de las Normas de Progreso y Permanencia que favorecería a aquellos estudiantes que habiendo superado el 80% del total de los créditos de la carrera que estén cursando, hayan sido desvinculados de la titulación por incumplir el mínimo de asignaturas que debe aprobar anualmente y, en consecuencia, no se les permite continuar sus estudios.

Con esta modificación, el presidente del Consejo Social plantearía que los estudiantes que se encuentren en esta situación y tengan aprobado el 80 % de los créditos de la titulación que cursan, puedan terminar sus estudios en los próximos dos cursos académicos, para el caso de carreras de 240 créditos ECTS, o de los próximos tres cursos académicos cuando se trate de titulaciones o doble titulaciones de más de 240 créditos ECTS. Además, se propondrá que para el cálculo del 80 % se excluyan los créditos del Trabajo de Fin de Título.

Esta medida se encuadra dentro del compromiso adquirido por el Presidente del Consejo Social de la ULPGC, desde su toma de posesión en mayo de 2015, de que “las Normas de Progreso y Permanencia son un documento vivo que se irá adaptando curso tras curso de acuerdo a las características de las titulaciones, a las circunstancias personales sobrevenidas de los estudiantes y a las tasas de éxito de las diferentes carreras”.

La Ley Orgánica de Universidades (LOU) otorga al Consejo Social la competencia para la aprobación de las normas que regulan el progreso y la permanencia de los estudiantes que cursen titulaciones en la ULPGC. Una fuente del Consejo Social indica que dos sentencias del Tribunal Constitucional, la 131 y la 134 de 2013 ratifican esta competencia de los Consejos Sociales “que no está exenta de justificación si se tiene en cuenta que la ley establece que le corresponde supervisar el rendimiento de los servicios que presta la universidad”, y dentro de esta supervisión, añade la STC, “no puede negarse que se encuentra la de velar por que exista una adecuada relación entre la duración de los estudios y la permanencia de los alumnos en la universidad, si no se pierde de vista que dicha permanencia implica la utilización de recursos públicos que son, por su propia naturaleza, limitados”.

El Consejo Social sostiene que las Normas de Progreso y Permanencia deben de tener en cuenta esta perspectiva económica que indica el Tribunal Constitucional, por lo que “las NPP tienen que responder a criterios objetivos de eficiencia”.

Las actuales normas regulan las condiciones de progreso y permanencia en las titulaciones oficiales con un grado de flexibilidad que permite a los estudiantes que tienen alguna dificultad finalizar con éxito sus estudios en un tiempo razonable. La entrada en vigor de estas normas ha supuesto una herramienta eficaz para elevar la tasa media de éxito de la ULPGC en todas las titulaciones, pues esta ha pasado del 79,36% en el curso 2011/2012 al 84,77% en el curso 2016/2017 lo que ha permitido que la ULPGC suba puestos en algunos de los rankings más prestigiosos. Esto, “sin duda, responde plenamente a la visión del Tribunal Constitucional”.

En este contexto, la modificación puntual quiere reconocer a los estudiantes “que cumpliendo con su deber, trabajan para corresponder al esfuerzo que realiza la sociedad para ofrecerles los recursos adecuados y suficientes para que culminen con éxito sus estudios en el tiempo establecido en el plan de estudios de las titulaciones”, según fuentes de la Comisión de Permanencia.

Esta medida debe ser ahora complementada con otras de carácter académico que no son competencia del Consejo Social.