El Juzgado de Primera Instancia Número 14 de la capital grancanaria condenó a las empresas Clínica Santa Catalina (Vithas Hospitales) y Segurcaixa Adeslas por el retraso en el diagnóstico y tratamiento de gripe A de Chaxiraxi Heredia Domínguez, de 35 años y vecina de Santa Lucía de Tirajana, con el resultado de su fallecimiento durante el tercer trimestre de embarazo de su segundo bebé, una niña nacida finalmente por cesárea.

Con fecha 28 de noviembre de 2018, pero difundida ayer en el capitalino bufete de abogados Henríquez y Carnero, la sentencia firmada por el magistrado Cosme Antonio López Rodríguez estimó parcialmente la demanda interpuesta por cinco familiares de la joven maestra para imponer una indemnización de 332.553 euros, más los intereses de demora, a las dos compañías, que ya presentaron recurso de apelación ante la Audiencia de Las Palmas. También recurrieron el viudo, Alejandro González Araya; los padres, José Fernando y Andrea; junto a las hermanas, Nayra de la Luz y Cathaysa; al discrepar de la cuantía fijada por el juez mediante la doctrina de la pérdida de oportunidad frente a los reclamados 586.215 euros por negligencia médica.

Valorando "la media-alta probabilidad de que el tratamiento hubiese sido eficaz de haberse suministrado, y que el posterior estado de la paciente se vio agravado por una mala praxis en el cuidado de la misma en la unidad de cuidados intensivos (colocación de drenaje torácico y manejo de las hemorragias), considera este juzgador ponderado indemnizar a los actores en un 75% de la indemnización que les correspondería de haberse acreditado la existencia de una relación causal directa entre el retraso diagnóstico y el posterior fallecimiento de doña Chaxiraxi", argumenta el titular de Primera Instancia 14 en su resolución, demorada desde la celebración de la vista a finales del pasado septiembre "por la carga de trabajo que soporta este juzgado y la voluminosidad de las presentes actuaciones". Para el abogado Octavio Henríquez, "existe una contradicción en la sentencia porque da por acreditada una mala praxis, pero en cambio aplica la teoría de la pérdida de oportunidad, no compartimos la fundamentación jurídica".

Sin pruebas en cinco visitas

En los hechos probados, efectivamente, el magistrado concluye que, "si bien el día que la paciente acude a urgencias por primera vez [21 de marzo de 2016, con 29 semanas y 6 días de gestación] nada hacía sospechar que la misma padeciera esta nueva enfermedad, sí que con posterioridad presentaba un cuadro respiratorio compatible con una neumonía que se hizo más evidente el 27 de marzo, cuando comienza el dolor torácico, existiendo por tanto un retraso en el diagnóstico al no adoptarse entonces todos los medios posibles para ello, por lo que al menos durante cuatro días se perdió la oportunidad de iniciar el tratamiento de la gripe A" (influenza o virus N1H1). Más aún, "existió, en fin, un comportamiento negligente del personal de la entidad demandada [Vithas Hospital Santa Catalina] desde el momento en que no pusieron a disposición de la paciente los medios adecuados para obtener un diagnóstico correcto de la enfermedad pese a que la sintomatología así lo exigía", sentencia Cosme López tras advertir la "omisión de las necesarias pruebas" complementarias como analítica general o radiografía torácica hasta el 29 de marzo, a pesar de sus visitas consecutivas a la clínica privada durante las cinco jornadas previas.

Tras el ingreso de Chaxiraxi Heredia en la UCI durante la madrugada del 30 de marzo por bronconeumonía, se realizó al día siguiente la extracción quirúrgica del embrión sin el consentimiento informado de la familia, que prefería su traslado al Hospital Materno Infantil de Canarias, pero "comoquiera que no había otra alternativa de tratamiento, no puede afirmarse que se haya lesionado el derecho a decidir, pues la decisión de practicar la cesárea se tomó de forma urgente en atención a las condiciones en que se encontraba la paciente, y en beneficio del feto y de la propia madre, todo ello sin olvidar que además se practicó de forma satisfactoria". Después de iniciarse justo a continuación el tratamiento de la gripe A con Tamiflú, el magistrado también concluye sobre una "colocación errónea de un drenaje torácico" con resultado hemorrágico el 13 de abril, otra mala praxis que "se vio agravada por el hecho de que se administrase el medicamento Enantyum, contraindicado en casos de sangrado activo".

Con diagnóstico principal de neumonía bilateral masiva por gripe A, Chaxiraxi Heredia Domínguez, madre de dos hijos, falleció finalmente a las 2:17 horas del 14 de abril de 2016.