Casi seis años. En concreto, cinco años, ocho meses, tres semanas y cinco días transcurrieron entre la solicitud de una matrona para iniciar el procedimiento de personal por acoso laboral en el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil y, varias sentencias mediante, la resolución del Servicio Canario de la Salud (SCS) para ordenar la tramitación del expediente. 2.096 jornadas después.

Con fecha 7 de junio de 2013, la enfermera con especialidad en ginecología y obstetricia Francisca Fanny Barreto, entonces personal interino del Materno, solicitó por escrito a la dirección gerencia del complejo hospitalario el "reconocimiento de una situación de acoso moral en el trabajo, concurrente con síndrome de burn out [quemar, en inglés] y, por supuesto, "el cese inmediato en cualquier práctica o actitud atentatoria contra la dignidad e integridad" de la profesional. También reclamó la matrona "el urgente traslado (...), en función de sus especiales circunstancias, a un puesto de trabajo de su categoría en el ámbito de atención primaria del SCS", además de una indemnización de 30.000 euros como "resarcimiento de los daños psíquicos, morales y profesionales" sufridos como consecuencia del mobbing.

Y hasta el 4 de marzo de 2019, tras varios expedientes administrativos y judiciales, la dirección del SCS no ordenó al gerente del Insular-Materno, Víctor Naranjo, "tramitar procedimiento en materia de personal (...) sobre acoso laboral". Además, "contra la presente resolución no cabe recurso alguno al dictarse en ejecución de sentencia judicial firme", concluyó la resolución del organismo autonómico, dependiente de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias.

Desde el complejo hospitalario se limitaron ayer a "acatar la sentencia", aunque sin concretar la fórmula del pendiente proceso de acoso laboral en favor de una matrona que ya no trabaja en el Materno Infantil. Aunque "el daño es irreparable", según Fanny Barreto, la indemnización económica, ahora de una mayor cuantía, se presenta como la posible conclusión del conflicto laboral, "pero es una pena, para todos, porque supone un gasto público y un desgaste personal", lamentó ayer la exmatrona, con incapacidad permanente desde 2016 por el síndrome del trabajador quemado.

Con anterioridad, no obstante, el SCS inició en julio de 2013 un expediente de responsabilidad patrimonial, reclamación desestimada en mayo de 2015 "al no acreditarse las situaciones de acoso moral en el trabajo y síndrome del quemado". Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 6 de la capital grancanaria estimó parcialmente un recurso de Barreto al declarar la nulidad de la resolución de la sanidad pública.

A juicio del tribunal, el SCS tramitó un procedimiento de responsabilidad patrimonial distinto al expediente previsto por la normativa aplicable para solicitudes laborales, ya que "su petición en orden a que se reconociese una situación de acoso moral en el trabajo concurrente con el síndrome del quemado no se constriñe al reconocimiento de la indemnización por daños reclamada, y dado que previamente se solicita el cese de aquella y su traslado a otro puesto de trabajo, (...) nos encontramos ante una cuestión de personal". Tras desestimarse los recursos de apelación de las partes, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias declara ajustada a derecho y confirma la sentencia anterior, declarada firme en abril de 2018.

Aunque el SCS solicitó entonces al Materno la tramitación del proceso de acoso, el gerente del complejo respondió en mayo del pasado año que "no se puede proceder a la ejecución de la sentencia (...) toda vez que Francisca Barreto finalizó su relación laboral con este centro". Sin embargo el Juzgado 6 requirió el pasado enero al SCS a que proceda "de forma inmediata al cumplimiento de la sentencia, (...) o formule en debida forma, el correspondiente incidente de imposibilidad material o legal de ejecutar" el fallo judicial, motivo por el que el organismo autonómico ordenó el pasado marzo tramitar el expediente por mobbing al Hospital Materno. Casi seis años después.