En el mundo existen en torno 67 millones de trabajadores domésticos (casi un 4% de la fuerza asalariada) y esta cifra crece a un ritmo constante en todos los países. La dependencia del trabajo doméstico realizado por terceros ajenos a los hogares, como estrategia privada para contrarrestar las crecientes tensiones entre la vida laboral y familiar, ha puesto de manifiesto cómo mientras unas mujeres se incorporan al mercado de trabajo, otras realizan el trabajo doméstico que aquéllas no pueden afrontar.

España es el país europeo con mayor número de empleadas del hogar (28,6% del total del empleo del sector en toda Europa), seguida muy de cerca por Francia e Italia y, sin embargo, la regulación española se debate entre la aceptación pacífica y sosegada de unos aspectos y la inacción político-legislativa frente a otros que resultan más conflictivos por razones diversas.

Recién aprobado el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, por allá por junio de 2011, era generalizado no dudar ni de la oportunidad de la norma y de su necesidad y justicia -en pos de su dignificación- ni del éxito de su ratificación. Pero a día de hoy España no ha ratificado el Convenio 189 OIT pese a haber dado los primeros pasos para adecuar su normativa interna (RD 1620/2011).

Da la sensación de tratarse de un convenio que ha caído en el olvido y que, salvo la insistencia recurrente del todavía incipiente movimiento asociativo, ha sido imbuida por una desidia que imposibilita la necesaria acción política. Que España podría haber ratificado el Convenio 189 desde el día siguiente a su aprobación y haber llevado a cabo las modificaciones/adaptaciones normativas precisas sin solución de continuidad, nadie lo pone en duda. Pero no se ha optado por esa posibilidad y, en estos momentos de impasse, conviene insistir en que la ratificación del Convenio 189, además de ser una cuestión de justicia social, es importante también en términos económicos y de seguridad social.

La no ratificación del Convenio 189 está funcionando, de facto, como el elemento actual de unidad fundamental del movimiento de defensa de los derechos de las empleadas de hogar que han centrado sus reivindicaciones en la necesidad de incorporar la protección por desempleo, pero también en la necesidad de fomentar, desde las instituciones públicas, el asociacionismo y la sindicación de las empleadas de hogar y de promover organizaciones de empleadores e intermediarios con los que poder negociar sus condiciones laborales. Cierto es que el ordenamiento jurídico español no lo prohíbe, pero sí que las dificultades para su ejercicio, no han sido resueltas por la norma reglamentaria con una adaptación a las condiciones de los trabajadores de este sector.

España, que siempre ha hecho gala de ser uno de los países que más convenios ha ratificado, lleva meses sin hacerlo y ello bien pudiera deberse al momento de inestabilidad política que vivimos, pero conviene recordar que las normas internacionales del trabajo son instrumentos universales adoptados por la comunidad internacional que reflejan valores y principios comunes sobre los asuntos relacionados con el trabajo. Por ello, no deja de sorprender que hayan ganado el pulso, por el momento, excusas como las dificultades por superar su exclusión tanto de la Ley de prevención de riesgos laborales como de la protección por desempleo (entre otras).

No obstante, debe ponernos sobre aviso el hecho de que esté ocurriendo lo mismo con convenios como el C175 sobre trabajo a tiempo parcial, el C177 sobre trabajo a domicilio y el C183 sobre la protección de la maternidad. O es mucha coincidencia o la casualidad ha querido que se trate, en todos estos casos, de convenios relacionados con el trabajo de las mujeres y las múltiples brechas de género que en el mundo del trabajo persisten y respecto de las cuales queda tantísimo por hacer en España. Allá cada uno con sus propias conclusiones...

Carmen Grau Pineda. Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (ULPGC)

carmen.grau@ulpgc.es