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La Justicia indemniza a un guardia civil cesado por no poder conducir

Un miembro del Seprona de Vecindario fue apartado de su destino y actualmente, con 46 años, está jubilado del cuerpo

La Justicia indemniza a un guardia civil cesado por no poder conducir

La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justician(TSJM) de Madrid otorga la razón a un exmiembro de la Guardia Civil al que una resolución del director general del Instituto Armado hizo perder su especialidad y cese en el destino en el que estaba hasta ese momento, el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de Vecindario.

Supuestamente, un alto mando de la Comandancia de Las Palmas determinó que no debía seguir en dicho departamento, ya que tenía la limitación de que no podía conducir vehículos. Sin embargo, la representación jurídica de la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) demostró que en todo el país existen multitud de funcionarios del cuerpo de seguridad con ese tipo de limitación a los que no se les quita la especialidad ni se les cambia de destino. Y cuando desde el mencionado órgano judicial se solicitó a la Institución que planteara los argumentos que diferenciaban este caso de otros en el resto del territorio nacional, no se aportaron motivos suficientes, según la citada asociación profesional. Contra la actual sentencia, la Dirección General de la Guardia Civil puede presentar recurso de casación en el plazo de 30 días.

Complemento

Ahora, según la citada sentencia, al mencionado agente la Guardia Civil deberá indemnizarlo por el tiempo que permaneció en el cuerpo sin cobrar el complemento por estar asignado al Seprona. Sin embargo, el citado funcionario ya no volverá a trabajar en el Servicio de Protección de la Naturaleza. Según explica el secretario general de la AUGC en la provincia de Las Palmas de Gran Canaria, Juan Couce, el afectado ya no pertenece al cuerpo de seguridad, ya que "está jubilado por pérdida de actitud psicofísica". Y tiene 46 años de edad.

En una nota, Juan Couce asegura que "una vez más, los hechos demuestran la arrogancia de nuestros generales, a los que poco importa vulnerar los derechos de los guardias civiles y perjudicar a sus familias".

Apunta que "toda esta odisea del compañero se inició el 14 de octubre del 2015, cuando, tras ser declarado apto con limitaciones, el director general de la Guardia Civil, a instancias del coronel Arranz, responsable de la Comandancia de Las Palmas, acordó la pérdida de su especialidad y destino, con las consecuencias económicas graves que ello conllevaba". Couce dice que "tras los oportunos recursos, el procedimiento fue resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ordenó la retroacción de actuaciones para que la Dirección General de la Guardia Civil motivase suficientemente la dec isión, teniendo en cuenta que existen agentes en la misma especialidad y con las mismas limitaciones que el recurrente, que no fueron nunca cesados en el destino ni perdieron su especialidad y, por ello, ese trato desigual debería de estar justificado para evitar la arbitrariedad".

Responsables

El portavoz de AUGC manifiesta que, sin embargo, el compañero se vio inmerso en la misma situación cuando, en abril de 2018, se vuelve a dictar una resolución con los mismos perjuicios que la anterior y que, una vez más, carecía de la motivación suficiente que le había requerido el Tribunal". Couce expone que, "ahora, desde AUGC nos preguntamos qué consecuencias tendrá esta sentencia para los responsables, pues no podemos olvidar que ha sido este mismo director general quien, tras su llegada, modificó el criterio para el abono de la productividad de final de año, argumentando que debía ser repartida según la responsabilidad". Couce añade que, "pues bien, ahora esperemos que se exija esa responsabilidad (la misma que cobran) a quienes han jugado con nuestro compañero y su familia en dos ocasiones".

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