Absuelto un profesor de la ULL de acosar a una alumna de Periodismo
La magistrada afirma que el profesor estaba autorizado para enviar correos a la denunciante
LA PROVINCIA/ DLP
El Juzgado de lo Penal número 8 de Santa Cruz de Tenerife absolvió a un profesor de la Universidad de La Laguna de un delito de acoso a una alumna de la Facultad de Ciencias Políticas, Sociales y de la Comunicación. La situación se prolongó durante casi dos meses en el año 2017.
La Fiscalía consideró que el docente, Juan Pablo del Río Disdier, era presunto autor de una infracción penal contemplada en el artículo 172 3º 1.2 del Código Penal, por lo que solicitaba para el mismo seis meses de prisión e inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
En la sentencia, se declara como hechos probados que, entre el 19 de abril y el 16 de junio, el profesor envió a la alumna del primer curso, a través de su correo electrónico, unos 80 mensajes.
En los citados correos, lejos de tratar temas relacionados con el estricto contenido de la asignatura, el acusado realizó a la denunciante invitaciones personales a conciertos, exposiciones en museos, a ver una película o a quedadas en el parque, por ejemplo. También le compró un libro en una tienda y la instó para que acudiera a recogerlo, a la vez que le pidió a la joven la dirección de su correo personal. También la felicitó por su cumpleaños y le requirió de forma insistente que contestara a sus mensajes, algo que la alumna únicamente hizo en cuatro o cinco ocasiones para preguntarle alguna duda relacionada con la materia de la que el hombre daba clases.
Correo
En un correo remitido por el docente el 15 de junio de ese año, la advirtió de la posibilidad de perder la matrícula de honor, si no acudía a la revisión del examen o persistía en su actitud de indiferencia ante los correos recibidos. Al final, la denunciante obtuvo la máxima calificación sin llegar a acudir a la cita.
La magistrada afirma que el profesor estaba autorizado para enviar correos a la denunciante, pero no con las características de los que remitió en el periodo citado, "que excedieran del ámbito estrictamente académico". También recoge que la denunciante en ningún momento le expresó al docente que la estaba incomodando.
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