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Canarias avanza en el desconfinamiento

La fase 3 trae las terrazas al 75%, los bingos y consumir en las barras

La Gomera, El Hierro y La Graciosa entran mañana en la nueva etapa de desescalada

Sitios como La Gomera comienzan la fase 3

Sitios como La Gomera comienzan la fase 3

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Sitios como La Gomera comienzan la fase 3 F, M.

La Gomera, El Hierro y La Graciosa, junto a la balear Formentera, avanzan en la desescalada y acceden mañana a la fase 3. Las cinco islas restantes, Gran Canaria, Tenerife, Fuerteventura, Lanzarote, y La Palma, lo harán la próxima semana previsiblemente, pues el Gobierno de Canarias presentará al Ministerio de Sanidad la petición de la promoción de fase el lunes.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer las medidas para la fase 3 donde se permiten reuniones de 20 personas o el consumo en las barras de los bares, algo que estos establecimientos pequeños estaban deseando. Además, se posibilita que las terrazas sean ocupadas al 75% de su aforo, un 25% más que hasta ahora, y se reabren bingos, casinos y salones de juego, siempre con medidas de protección y limitación de aforo.

En la fase 3 se podrá circular en la isla sin límite de franjas horarias, aunque se mantiene que para viajar entres islas sea por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Los velatorios se podrán celebrar con un máximo de 50 personas si son al aire libre y de 25 si se celebran en espacios cerrados, mientras que para el enterramiento o despedida para la cremación se restringe a 50 personas.

No abren discotecas

Específicamente, en cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración, además de la apertura del 75% de las terrazas, se les permitirá abrir al público para consumo en el local, salvo los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo. El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, preferentemente mediante reserva previa, y deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

Además, estará permitido el consumo en barra cuando se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o grupos de clientes.

Comercios

Según la orden ministerial, también se permitirá la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, indica que en el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción. La orden dicta un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años y se permitirá un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados. Las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales podrán abrirse al público limitando su aforo al 40%.

En el caso de los mercadillos que desarrollan su actividad en la vía pública se demarcará a la mitad los puestos habituales, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

En cuanto a los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Además, los espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deberán ventilarse dos horas antes de su uso. De hecho, las actividades o clases grupales en los hoteles deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 20 personas, se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de material.

En la fase 3 se permitirá realizar congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por entidades de naturaleza pública o privada sin superar en ningún caso la cifra de 80 asistentes.

En cultura, podrán realizarse actividades en las bibliotecas, siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. En todo caso, deberá mantenerse una distancia de seguridad interpersonal de dos metros. Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala. Si se celebra en lugares cerrados, será el 50% del aforo y no podrán reunir más de ochenta personas.

Teletrabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

No obstante, según la orden, las empresas "podrán elaborar protocolos de reincorporación presencial a la actividad laboral", siempre de acuerdo con la normativa laboral y de prevención de riesgos laborales, que "deberán incluir recomendaciones sobre el uso de los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, la descripción de las medidas de seguridad a aplicar, la regulación de la vuelta al trabajo con horario escalonado para el personal, siempre que esto sea posible, así como la conciliación de la vida laboral y familiar".

Además, podrá procederse a la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables como bingos, condicionado a que no se supere el 50% del aforo y a que no haya en ningún caso, en el interior del local más de cincuenta personas-.,

Lugares de culto

En esta fase que empieza para La Gomera, El Hierro , La Graciosa, y Formentera se amplía la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% de su aforo. Además, las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, cuando no se supere el 75% de capacidad, y en todo caso un máximo de ciento cincuenta personas en espacios al aire libre o de setenta y cinco personas en espacios cerrados.

En materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, sin la presencia de los medios de comunicación, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas. También se podrá proceder a la reapertura de los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%.

Asimismo, se podrán realizar actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil, por lo que se abre paso a los campamentos de día para niños.

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