Con las nuevas medidas establecidas por el Gobierno de Canarias, a los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, de las Islas de Gran Canaria y Lanzarote, se les adelanta el horario de cierre a las 00:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 23:00 horas.

Asimismo, también se ha determinado el cierre al uso los centros de día no ocupacionales. Y entre las correcciones que publicó el BOC esta tarde destaca que la incorporación de forma explícita la obligatoriedad del uso de mascarillas en todo el ámbito laboral y en los centros académicos, independienteme de si son universitarios o no.

Gran Canaria y Lanzarote, con 143,32 y 103,7 casos por cada 100.000 habitantes en la última semana, respectivamente, son las dos islas que actualmente superan el indicador establecido por el Gobierno de Canarias para la suspensión de eventos de más de 10 personas durante las próximas dos semanas, conforme a la actualización de la normativa aprobada este jueves en la sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno y que entra en vigor con la publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) este sábado.

La nueva medida acordada fija que en las islas que superen los 100 casos por 100.000 habitantes en la incidencia acumulada de casos diagnosticados en los últimos 7 días no se autorizarán los eventos ni actos multitudinarios, entendiéndose como tal aquellos de más de 10 personas.

Para el seguimiento de la situación, se mantendrá actualizada semanalmente la in- formación sobre los indicadores epidemiológicos de cada isla en la página web 'Portal Covid' del Servicio Canario de la Salud (https://gobiernodecanarias.org/principal/coronavirus), además de posibles actualizaciones puntuales que se pue- dan publicar en función de los datos.

Limitar encuentros sociales

La actualización normativa acordada este jueves por el Consejo de Gobierno de Canarias también recoge otras medidas de carácter general, incorporando la recomendación de limitar los encuentros sociales al ámbito de los convivientes, que cada persona defina su grupo social de convivencia estable y que los encuentros sociales se realicen, dentro de este grupo, con un máximo de 10 personas.