D.C.F., un hombre que abusó de su hija cuando ella tenía cinco años y a la que contagió del virus del papiloma durante los "juegos sexuales" que practicó cuando la bañaba, ha sido condenado a once años y un día de cárcel por la Audiencia Provincial de Sevilla.

En la sentencia fechada el pasado 3 de diciembre se le condena por un delito de abusos sexuales continuados y le impone siete años de libertad vigilada y la privación de la patria potestad de su hija durante seis años.

También le prohíbe durante diez años comunicarse y acercarse a menos de 300 metros de la víctima, a quien deberá indemnizar con 20.000 euros, frente a los 100.000 que solicitaron la Fiscalía y la acusación particular.

El tribunal considera probado que entre 2013 y marzo de 2014, cuando tenía 38 años, el padre aprovechó "los momentos del baño y el aseo" de la niña "para satisfacer su ánimo lúbrico" efectuando tocamientos y realizando otros "juegos sexuales".

La menor sufrió varias lesiones en sus zonas íntimas e incluso se contagió de una enfermedad de transmisión sexual, ya que en unas muestras fue hallado el virus del papiloma humano del genotipo 45. Al mismo tiempo, la víctima padece un trastorno de estrés postraumático.

La niña "sólo refirió algo de los hechos en un primer momento y luego se negó a hablar", lo que para los jueces "es un indicativo más" de que sufrió abuso.

El tribunal da credibilidad al "contundente" testimonio de la madre, quien "sin florituras ni exageraciones" narró lo que la niña le contó a raíz de que no la dejase lavarle la zona íntima porque su padre le hacía "daño" ahí, sin que los magistrados apreciasen animadversión contra su exmarido.

La Sala también destaca que los psicólogos definieron a la niña como "estigmatizada" y "con conductas sexuales desde pequeña", ya que "persigue a los niños para que sean sus novios" y presenta "comportamientos violentos y muy sexualizados".

El acusado reconoció en noviembre de 2015 que él también había tenido el papiloma, aunque en el juicio afirmó que lo descubrió un mes y medio después de irse del domicilio familiar.

"Es altamente improbable" que la niña fuese contagiada "en otro lugar" o "por otra vía, máxime cuando el acusado también presentaba esa infección", argumentan los jueces, que agregan que la menor "iba de casa al colegio y al parque y no contactaba con más personas".

La Audiencia también resalta que el progenitor no aportó "ningún dato exculpatorio" y critica su "actitud" durante el juicio porque parecía "no dar" a los hechos "la relevancia o gravedad que tienen".