La Justicia ha condonado a una empresaria tinerfeña, en concreto de La Laguna, su deuda de 124.538 euros con dos entidades bancarias y un fondo buitre en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Es la segunda sentencia que se dicta en la Isla con el mismo sentido en lo que va de 2021 tras la que el pasado febrero permitió a un chicharrero cancelar lo que debía, en total 113.859 euros. Ana Isabel García, abogada del bufete especializado Repara tu Deuda, que ha llevado el caso, valora: “Los Juzgados de Primera Instancia de Tenerife están funcionando muy bien, de manera efectiva y rápida”. Cabe destacar que en febrero fue uno de Santa Cruz –el número 10– y ahora otro de San Cristóbal de La Laguna –en este caso el 7–

La afectada es una mujer de mediana edad, separada, que tenía un estanco y al mismo tiempo Administración de Loterías. Para montar el negocio y que le concedieran el préstamo contó con el aval de su abuela –hoy ya fallecida– que aportó ante el banco su vivienda. Al principio fue todo bien, pero luego cambió la situación y ella no pudo pagar. Pidió otro préstamo con el aval de su familia para afrontar el primero pero eso supuso entrar en un bucle sin retorno. El banco se quedó con la casa, y con otra a su nombre, pero al no cubrir el cien por cien tuvo que seguir pagando. Incluso, en 2013 las entidad procedió a la ejecución hipotecaria con lanzamiento incluido.

La sentencia, asegura la abogada, “la libera ahora de esta mochila injusta que adquiere tintes de eternidad para el afectado”. Además “mucha gente se va a sentir identificada porque ha pasado por una casuística similar”. Por si fuera poco, añade Ana Isabel, “uno de los bancos cedió parte de la deuda de uno de los préstamos a un fondo buitre que le aplicaba intereses abusivos”.

Autónoma, asalariada y...

Valora la letrada que “esta persona, que fue autónoma y luego asalariada antes de quedarse en paro, puede comenzar de nuevo desde cero y frenar los embargos de cuentas y propiedades”. Desde Repara tu Deuda Abogados recuerdan que la mujer acudió a ellos porque acumulaba estas deudas y sólo tenía unos ingresos mensuales de 1.000 euros en concepto de prestación por desempleo. El juez ha dictado lo que se llama el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), Repara tu Deuda Abogados es el despacho pionero en la Ley de la Segunda Oportunidad en España. Con origen en Cataluña en 2015, se ha extendido por todo el país y ya ha logrado cancelar más de 30 millones de euros de deuda. Ana Isabel García resume: “Con esta ya son seis cancelaciones de deuda en Tenerife y hay casi mil personas a punto de conseguirla. García establece que “el tiempo medio del proceso es de un año y medio”. Reconoce de nuevo que “en los juzgados de Tenerife se ha ganado mucho en agilidad el último año”.

Antecedente.

Un auto dictado el pasado 3 de febrero por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santa Cruz de Tenerife exonera a un autónomo isleño del pago de una deuda de 113.859 euros con base también en Ley de Segunda Oportunidad. Además de condonar lo debido en el ámbito privado a 24 entidades bancarias y financieras acreedoras, un total de 112.254 euros, también se le perdona lo que adeuda a las administraciones públicas, en este caso 1.605 euros. Como en el primer caso persona fue autónomo y luego asalariad antes de quedarse en el desempleo. Tiene actualmente unos ingresos por prestación de paro de 430 euros mensuales y ha acumulado deuda hasta llegar a deber a 24 bancos”. Ahora puede empezar de nuevo tras dictar el Juzgado lo que técnicamente se llama BEPI.

La Ley.

La Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, popularmente conocida como Ley de Segunda Oportunidad, pretende ser un balón de oxígeno para pequeños empresarios y personas particulares que de este modo encuentran un vehículo legal en caso de que su aventura emprendedora haya fracasado y no puedan hacer frente a las deudas contraídas. García resume: “España ha ido a la cola de la UE en aplicar la normativa. La cuestión muchas veces es de índole cultural y de costumbre”.

La Ley de Segunda Oportunidad se diseña en 2015 para particulares y profesionales por cuenta propia (autónomos) que hayan fracasado en su aventura empresarial. Hasta ese momento sólo las empresas podían pedir la exoneración de sus deudas. El emprendedor/deudor debe intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores. En este proceso, tutelado por un juez, podrá liquidar sus bienes para abonar las deudas que pueda pagar o pactar un calendario de pagos. La ley establece algunos requisitos para poder acogerse. Entre ellos que el deudor proponga a sus acreedores un plan de viabilidad y ese calendario con un plazo para abonar que no podrá superar los diez años.

Aumento exponencial

Ana Isabel García aporta un dato estadístico: “Según el INE, en el cuarto trimestre de 2011 había 350 personas en Canarias en esta situación. En el mismo período de 2020, ya eran mil”. Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe, así como intentado un acuerdo para aplazar la deuda. Si no se logra dicho acuerdo, lo que sucede en el 99% de los casos, pueden solicitar la cancelación al juzgado. Las deudas no desaparecen para siempre. Cualquier acreedor podrá pedir al juez la revocación de la exoneración si, en los cinco años posteriores a la admisión de la segunda oportunidad, entiende que su deudor ha obrado de mala fe o ha obtenido ingresos en la economía sumergida. Si el acreedor pide la revocación de la condonación de deudas y el juez la acepta, el emprendedor dejará de estar sometido a esta ley y volverá a contraer sus deudas.