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Los tribunales dejan al Telescopio de Treinta Metros de La Palma sin suelo para su construcción

El TSJC estima el recurso de Ben Magec y anula la concesión

Maqueta del Observatorio del Roque de los Muchachos. | | LA PROVINCIA / DLP

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) declaró nula la concesión de monte de utilidad pública al Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) para la construcción del Telescopio de Treinta Metros (TMT), estimando el recurso presentado por Federación Ecologista Canaria Ben Magec. Es la segunda sentencia, después de la producida en el año 2017, referida a los estudios de impacto medioambientales, que provoca un revés judicial para este proyecto. En aquel caso fue resuelto iniciando de nuevo todo el proceso de exposición pública del mismo. Ahora, todas las instituciones implicadas anuncian que también recurrirán en los tribunales este auto. Y es que, aunque el consorcio internacional que se encargará de construir el que será el mayor telescopio del mundo aún no ha decidido su ubicación, La Palma había anunciado que tenía hecho «todos los deberes» para el caso de ser elegida como sede, e intentar adelantar a Hawái en esa carrera entre los dos territorios que miran al cielo.

Ahora, a través de esta sentencia, de nuevo Ben Magec consigue que su rechazo al proyecto logre poner freno al posible desarrollo. Aluden a que «han sido las prisas y complacencia del Cabildo Insular con el IAC las que de nuevo han propiciado un procedimiento administrativo chapucero plagado de vicios de nulidad», señala en un comunicado.

Por eso ponen de relieve que «al juzgador le ha bastado uno de ellos, el fraude de Ley, para invalidar la concesión», y aludiendo a que harán valer el resto de fundamentos jurídicos de la demanda, relacionados con la legalidad urbanística y medioambiental, «si el Cabildo presenta recurso de apelación o si tramitase por tercera vez una concesión para la construcción del TMT en este espacio natural protegido».

La concesión ahora anulada es la que el Cabildo Insular tramitó en 2019 tras la invalidación por parte del mismo Juzgado de la anterior concesión de suelo para el TMT de 2017. Por tanto, ya es la segunda ocasión en que la Justicia falla en contra del interés del Consorcio TIO, promotor del TMT, con el que se persigue contar en La Palma con un lugar alternativo a la montaña hawaiana Mauna Kea, la ubicación preferente que cuenta con todos los permisos administrativos y judiciales, pero con una fuerte oposición social determinada a impedir su construcción.

Los ecologistas defienden que esta sentencia «vuelve a poner al TMT en casilla de salida desde el punto de vista administrativo» ya que, al ser la concesión de monte público una autorización que se requiere previamente a cualquier otra, todo lo que se haya aprobado posteriormente en base a la concesión anulada sería igualmente inválido.

Por eso consideran que se han perdido cinco años en la Isla, lo que entienden que «debería hacerle reflexionar» al consorcio internacional sobre la estrategia «arrogante y poco respetuosa que han llevado tanto en Hawái como en Canarias, envalentonados con los apoyos institucionales y despreciando los argumentos de la oposición al TMT».

Ben Magec denuncia que el consorcio ya sabía en 2016 que su proyecto «contraviene todas las normas urbanísticas y medioambientales que protegen la zona, pero prefirieron confabularse con el IAC y las administraciones para modificar las leyes en su propio interés, al más puro estilo de la corrupción urbanística», indican los ecologistas. Por último, hacen hincapié en que el área el Roque de Los Muchachos, zona de conservación prioritaria de la Red Natura 2000 y zona periférica de protección del Parque Nacional Caldera de Taburiente, «ha alcanzado ya niveles de urbanización impropios de este paisaje emblemático, rico en biodiversidad y yacimientos arqueológicos», por lo que se oponen «firmemente» a la implantación de más elementos «ajenos a la naturaleza del lugar», como el TMT, la Red Cherenkov o el Telescopio Solar Europeo.

El propietario, Puntagorda

El propietario de ese suelo es el Ayuntamiento de Puntagorda, cuyo alcalde, Vicente Rodríguez, señaló a El Día que todos los procesos administrativos se realizaron bajo la supervisión del Cabildo, que es «el habilitado para la gestión del monte público». Desconoce además si el proyecto contaba con «fecha de caducidad», pero también se muestra sorprendido de la decisión del juzgado.

Además, cuestiona que, si ese plazo aún no ha concluido, no entiende cómo puede tomarse una decisióno. Aún así, Vicente Rodríguez está al lado del Cabildo y del IAC para lograr el desarrollo de este proyecto, cuya importancia estratégica para la Isla y para el municipio «es indudable», y adelantando que «si tenemos que comenzar el proceso administrativo de nuevo, lo haremos».

Recursos del IAC y del Cabildo


Tanto el Cabildo como el IAC anuncian que presentarán sendos recursos a esta sentencia, impidiendo así anular los procesos administrativos ya recorridos. En el caso del IAC, notifica que recibió esta sentencia «que no es firme». La entidad científica se ñala que, en el año 2019, el Cabildo de La Palma, previa aprobación del pleno del Ayuntamiento de Puntagorda y estudio medioambiental detallado, concedió los terrenos sobre los que se podría construir el TMT. Esa concesión estaba condicionada a que en un plazo de unos pocos años, «que todavía no ha transcurrido», el Observatorio Internacional TMT decidiese su construcción en dicho emplazamiento. Según el IAC, el juez ha considerado que, no habiéndose tomado dicha decisión por parte del TMT, esta concesión debe ser anulada. El IAC entiende que conforme establece el Tratado Internacional Acuerdo de Cooperación en Astrofísica de 1979, ratificado por las Cortes españolas, es preciso disponer de la concesión del terreno para convencer al organismo internacional TMT de que adopte una decisión favorable a la instalación en La Palma «de la que sería la mayor inversión en materia científica de la historia de nuestro país». Por tales motivos, el IAC señala que «dentro de sus obligaciones y competencias estatutarias, debe asegurar los retornos científicos para el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias de las instalaciones astronómicas en esta comunidad mediante convenios de colaboración con las instituciones responsables de los telescopios que se vayan a instalar». El Cabildo también anunció que recurrirá ese auto, ya que defiende que desde las administraciones implicadas se han realizado todos los trámites de forma correcta y que el IAC es la entidad idónea para dicha concesión. En este sentido, el Cabildo aclara, además, que en la sentencia el Juzgado no se pronuncia sobre aspectos de legalidad ambiental o territorial, e incide en que la instalación del telescopio no afectará al entorno natural en el que se ubicará el mismo. | R.P.

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