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Las ayudas a los afectados no pueden superar el valor de las casas destruidas por la lava

Las indemnizaciones privadas y las subvenciones públicas son compatibles pero con límites. El consorcio de seguros ya ha pagado cerca de 3,7 millones por 17 viviendas y un establecimiento

Camiones con las pertenencias de los vecinos del núcleo urbano de Todoque.

Los afectados que han perdido sus viviendas en la erupción volcánica están ya recibiendo las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), cuantías que se pagan a aquellos que tenían un seguro y por el valor de la póliza contratada. A priori las cantidades que se reciben por parte de las aseguradoras y las ayudas públicas son compatibles pero con límites, ya que la suma de ambas no puede superar el valor de mercado del inmueble destruido por la lava. Aquí entra en juego la comunicación entre el consorcio, que es un organismo público dependiente del Ministerio de Economía, y la Administración que concede las ayudas con el fin de determinar lo que han recibido los damnificados en concepto de indemnización y qué cantidad de ayudas públicas pueden recibir para evitar un enriquecimiento ilícito.

Las pólizas de seguros no reflejan necesariamente el valor total del inmueble. Hay propietarios que aseguran el continente, otros el contenido o ambos y por cantidades que pueden cubrir el precio total del bien o una parte en función de la póliza mensual que se pague. En estos casos de catástrofes naturales el Consorcio abona exclusivamente el valor de lo que se tiene contratado con la compañía aseguradora. El beneficiario de la indemnización puede solicitar una ayuda pública siempre y cuando iguale el valor del inmueble perdido, lo que supondría la diferencia entre lo que se reciba de indemnización y el valor de mercado de la vivienda si no se tenía cubierto el cien por cien por el seguro. Fuentes de las aseguradoras advierten que si el asegurado puede demostrar que la casa valía más de lo que ha pagado la aseguradora sí se puede optar a recibir ayudas públicas sin que se sobrepase el valor de mercado.

Desde la aseguradoras también se delimita la singularidad de una erupción volcánica, ya que en caso de terremotos o inundaciones la vivienda resulta afectada total o parcialmente pero queda el terreno para poder reconstruir la vivienda con la indemnización del seguro. Sin embargo, en el caso de la erupción el terreno también queda inhabilitado al estar invadido por la lava, por lo que las cuantías de los seguros son insuficientes para reconstruir y en este caso son las administraciones públicas las que tienen que habilitar nuevo suelo para que los afectados puedan edificar.

El CCS informó ayer que ya ha abonado cerca de 3,7 millones de euros a asegurados afectados por la erupción volcánica de La Palma. Los pagos corresponden a 17 viviendas y a un establecimiento mercantil que han sido destruidos por la lava. Hasta el momento, el Consorcio ha recibido 510 solicitudes de indemnización, que corresponden a 382 viviendas, 92 vehículos automóviles, 34 comercios y dos industrias. Todavía es pronto para saber exactamente cuántas peticiones de indemnizaciones va a haber porque el Consorcio no ha puesto plazo para solicitarlas dadas las circunstancias de la catástrofe y si las viviendas que no han reclamado a los seguros no tenían el inmueble asegurado, aunque hay constancia de que hay casos de pérdidas de bienes que no estaban cubiertos, por lo que en este caso la única opción que tienen los damnificados para que se les compense la propiedad que han perdido es mediante las ayudas públicas.

La batería de medidas puestas sobre la mesa por las distintas administraciones suponen ayudas para diferentes conceptos como vivienda, enseres, formación, prestaciones o empleo. Todas las ayudas y subvenciones son complementarias y en el decreto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado martes se remite al Real Decreto 307/2005 que regula las subvenciones derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y establece el procedimiento para su concesión. En este texto se establece que cuando no se pueda cubrir la totalidad de los daños producidos las ayudas públicas tiene carácter complementario y serán compatibles con otro tipo de subvenciones, indemnizaciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de sistemas públicos o privados. El límite es el mismo, es decir, que la suma de todas ellas no supere el valor del daño producido.

La casuísticas que existen en las zonas afectadas por la erupción es variada pero tendrán más problemas aquellos propietarios de viviendas que sean segundas residencias y no estuvieran aseguradas, indican fuentes del Ejecutivo, que tendrán derecho a ayudas estatales por pérdida de inmueble pero como no era su vivienda principal y única habrá más dificultades para ofrecerles una alternativa de vivienda alojativa. Los que estaban asegurados recuperarán buena parte o la totalidad del daño producido entre indemnizaciones y ayudas públicas, mientras que a las familias que han perdido su única vivienda se les ofrecerá una casa provisional. El principal problema que se deriva de la erupción estará en el suelo irrecuperable y cómo se soluciona la reubicación futura de los afectados.

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