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El juez archiva la denuncia de la Fiscalía contra el padre Báez por sus declaraciones sobre la muerte de las niñas de Tenerife

El auto judicial no considera justificada la perpetración del delito de incitación a la violencia

El padre Báez culpa de los asesinatos de las niñas de Tenerife a la "infidelidad" de la madre

El padre Báez culpa de los asesinatos de las niñas de Tenerife a la "infidelidad" de la madre La Provincia

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El padre Báez culpa de los asesinatos de las niñas de Tenerife a la "infidelidad" de la madre Pedro Hernández

El Juzgado de Instrucción número 1 de Las Palmas de Gran Canaria declara el sobreseimiento provisional del procedimiento abierto al Fernando Báez Santana, el padre Báez, a raíz de una denuncia de Fiscalía por las declaraciones del sacerdote sobre la muerte de dos niñas de Tenerife, Ana y Olivia, por su padre, Tomás Gimeno, y deja sin efecto las diligencias de investigación acordadas.

Además, se declaran terminadas las presentes actuaciones y se decreta el archivo de las mismas. El auto, que no es firme y se puede recurrir en un plazo de cinco días, fue publicado el 24 de noviembre.

La denuncia presentada por el ministerio fiscal, y que ahora es archivada provisionalmente, se remite a las declaraciones realizadas por el padre Báez el 11 de junio de este año en el programa Andresito y compañía de la emisora Radio Aventura Siglo XXI, en las que, a preguntas del entrevistador sobre el caso de las dos menores desaparecidas, dijo: "El comentario fundamentalmente es que están buscando dos niñas, que están con el padre, si el padre las mató porque lo dijo, no me volveréis a ver ni a ellas ni a mi. Ahora están buscando a las dos niñas y ¿el qué? ¿El no es persona, él no es digno también de ser buscado?, es una víctima también, de quien de maltrato, de separación de justicia, yo que coño sé."

Tres días después, el 14 de junio, en su cuenta de Facebook volvió a abordar el mismo asunto y expuso: “Si ese matrimonio hubiera sido fiel, si no se hubiese roto ese matrimonio esas niñas estarían vivas. -La falta de fidelidad... por no seguir los caminos antiguos, el hombre aguantaba a las mujeres aunque se volvieran locas, las mujeres aguantaban a los maridos aunque fueran borrachos o sucios, ahora no, ahora te dejas y te dejas y claro y después vienen estas consecuencias, tú me jodes a mi pues yo te jodo a ti, te mato a tus hijos que es lo que mas quieres... damos motivos para que esto suceda." 

Ese mismo día y en su muro de Facebook criticó a quienes "se despacharon a gusto" con Antonio, padre de Ana y Olivia, y lo consideró también una víctima. En otra cuenta de Facebook, Báez Santana reiteró la condición de víctima del progenitor de las dos niñas, recordando que hay dos madres que lloraban, la de las menores y la del padre.

En el auto, el juez instructor indica que el ministerio fiscal considera que las opiniones emitidas o publicadas por el denunciado justificaban la desaparición o muerte de las hijas de Tomás Gimeno y de Beatriz Zimmerman por parte del primero, porque la madre se había separado del padre de las niñas con el argumento de que, todo esto, se debe a las situaciones de separación, a que las mujeres no aguantan a los hombres, y a que estas cambian de pareja y separan a sus hijos de sus padres.

Acusaciones que el padre Báez negó categóricamente al rechazar que justificara la muerte de las menores porque sus progenitores se hubieran separado. Por el contrario, calificó la conducta de Tomás Gimeno como de asesino al cien por cien y consideró que sería aberrante justificarla. Asimismo, calificó a la madre de la niñas, Beatriz Zimmerman, como otra víctima.

No hay delito perpetrado

En sus razonamientos jurídicos, donde acude a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la naturaleza del delito al que acusaba Fiscalía al padre Báez por justificar la conducta delictiva de Gimeno, el juez cree «que no resulta debidamente justificada la perpetración del delito [de discriminación] que haya dado motivo a la formación de la causa». 

Así, con la jurisprudencia del alto tribunal, el instructor, que considera cuestionables las declaraciones de Fernando Báez de considerar también víctima de los hechos a Tomás Gimeno, ”tampoco resulta suficiente para continuar con el procedimiento atendidas las explicaciones ofrecidas durante su declaración [la del sacerdote] sin que aquellas manifestaciones puedan interpretarse como una justificación de la conducta del progenitor».

De hecho, el juez argumenta que Báez señaló que en sus manifestaciones distinguía entre causas y justificaciones, entre circunstancias que podrían ser detonantes de algo o explicación de alguna consecuencia, sin descartar que puedan ser otras causas, y justificación, en el sentido que ser correcto o justo la conducta del progenitor, y a lo que se refería el investigado es a las causas.

Del ictus a las misas


Fernando Báez, que era párroco de Lomo Magullo cuando estalló la polémica, fue apartado por el nuevo obispo de la Diócesis de su labor pastoral por el clima de tensión reinante en esos momentos. En el transcurso de esos meses, el padre Báez recuperó la celebración de misas, pero apartado de los focos de los medios de comunicación, donde no podía acudir por orden superior.

Y fue precisamente horas después de celebrar una eucaristía el 14 de noviembre en San Juan de Dios, cuando sufrió un ictus y tuvo que ser ingresado en planta tras pasar por urgencias en el hospital Doctor Negrín. | LP / DLP

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