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Crisis del coronavirus

Canarias aplicará la petición voluntaria del certificado covid desde el 10 de diciembre

La medida tendrá un mes de vigencia, hasta el 10 de enero de 2022 | Torres avanza que, si fuera necesario, se solicitaría una nueva autorización judicial para su prórroga.

Canarias aplicará la petición voluntaria del certificado covid desde el 10 de diciembre

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Canarias aplicará la petición voluntaria del certificado covid desde el 10 de diciembre La Provincia

El Gobierno de Canarias aplicará la petición voluntaria del certificado covid en establecimientos de uso público, como locales de ocio y restauración, entre otros, que hoy ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) entre el 10 de diciembre y el 10 de enero próximos tras la publicación de esta medida en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el jueves 9 de diciembre. Así lo ha anunciado este sábado en su cuenta de Twitter el presidente del Ejecutivo regional, Ángel Víctor Torres, tras conocer el auto del TSJC sobre la medida sanitaria para frenar la expansión del Covid en las Islas.

Torres también ha adelantado que la iniciativa se someterá a evaluación y, si fuera necesario, se solicitaría una nueva autorización judicial para su prórroga. El presidente canario, que aplaude el auto del TSJC y lo califica de "buena noticia ante el aumento de casos", resalta, no obstante, que "la solución más eficaz sigue siendo la vacunación" y anima a vacunarse a quienes no lo han hecho aún y a quienes precisen la dosis de refuerzo.

El presidente canario recuerda que se trata de "una medida de control con la que están de acuerdo sectores como el ocio y la restauración" y pide prudencia ante las próximas fechas navideñas: "Se acerca la Navidad: seamos prudentes y cumplamos", reclama.

El pasado martes, día 30 de noviembre, Sanidad envió al TSJC la Orden del consejero de Sanidad en la que se solicitaba la implementación de esta herramienta, ya que la evolución de la situación epidemiológica, con unos indicadores de incidencia crecientes, requiere adoptar medidas que permitan contribuir a frenar el incremento de casos, compatibilizándolas con la ansiada e incipiente reactivación económica.

La implantación del certificado COVID pretende articular un procedimiento respetuoso con los derechos fundamentales y con una mínima incidencia en la esfera privada de la ciudadanía, ya que tiene carácter permisivo en lugar de restrictivo, si bien mantiene las debidas garantías para la salud pública.

Según la ratificación emitida por el TSJC, "las medidas resultan proporcionadas y razonables, resultando que el beneficio que para el interés general que se obtiene es superior al perjuicio que se ocasiona para los bienes o valores en conflicto".

El consejero de Sanidad, Blas Trujillo, sostiene que con esta herramienta "se pretende que la flexibilización de medidas indicada se lleve a cabo en espacios sanitariamente seguros en lo referente a la propagación del virus".

"No puede considerarse una medida discriminatoria, en cuanto que prevalece el derecho a la vida y a la protección de la salud pública"

Blas Trujillo - Consejero de Sanidad

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"Se trata de proteger la salud y la vida de las personas mediante una medida que restringe la propagación de la pandemia. No puede considerarse una medida discriminatoria, en cuanto que prevalece el derecho a la vida y a la protección de la salud pública, toda vez que la información sobre si se ha recibido la vacuna o no, en momentos en los que se atraviesa una pandemia, es una pieza básica y esencial para impedir la propagación de la infección por el SARS – CoV-2", mantiene el consejero.

Los centros, instalaciones, actividades o espacios de uso público que opten voluntariamente por pedir la acreditación de ausencia de infección activa de Covid-19, podrán incrementar el aforo, número de personas por grupo y horario de cierre según el nivel de alerta por coronavirus inferior al que se encuentre la isla en ese momento, siempre que la situación sanitaria de las personas que se encuentre en los distintos espacios y establecimientos permita tener la certidumbre de que el riesgo de transmisión o de enfermedad grave va a ser mínimo

Según la Sala, dicha medida crea “entornos sanitariamente más seguros y con menor probabilidad de transmisión del virus”.

En un auto notificado esta mañana, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas, formada por los magistrados Óscar Bosch Benítez (presidente), María Mercedes Martín Olivera y Lucía Débora Padilla Ramos (ponente), especifica que la acreditación, también voluntaria, se realizará o bien mediante la exhibición de resultado negativo de una prueba diagnóstica, o de vacunación contra la enfermedad, o con la presentación de una acreditación de haberla pasado.

La resolución se podrá recurrir ante el Tribunal Supremo.

Código QR para implementar la medida

Para la puesta en marcha de esta medida, el Servicio Canario de la Salud pondrá a disposición de la ciudadanía una app móvil de lectura de código QR del Certificado COVID Digital de la UE de fácil uso para que la medida sea efectiva.

Esta app, denominada Lector COVID SCS, se podrá descargar desde las tiendas Apple Store, Google Play y Huawei App Gallery en los próximos días. En las próximas horas este sistema también estará disponible en la web www.lectorcovid.com.

Una vez se la descarguen podrán acogerse a la ventaja de reducir aforos y horarios, aplicando los estipulados en el nivel inferior en el que se encuentre la isla en la que se resida. La supervisión de su cumplimiento, que cuenta con el aval de las confederaciones de empresarios de ambas provincias, queda sujeta a la actividad inspectora de Salud Pública y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

La medida entrará en vigor el día 10 de diciembre, por lo que se da a los sectores implicados un margen de tiempo suficiente para que se puedan acoger a los beneficios que esta herramientas les ofrece.

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