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Nueva normativa

De los circos a los excrementos, ¿cuáles son las infracciones de la ley de protección animal?

De los circos a los excrementos, ¿cuáles son las infracciones de la ley de protección animal?

El borrador de la ley de protección de los animales contiene medidas novedosas sobre los animales del entorno urbano, especialmente las mascotas, dado que los toros, los animales de granja o de laboratorio quedan fuera de la reglamentación, que será aprobada en las próximas semanas por el Consejo de Ministros y tiene una larga tramitación por delante. En cualquier caso, ya ha despertado polémica por algunos de sus contenidos. Estas son las infracciones más controvertidas, novedosas o desconocidas.

¿Podré recortar el rabo o las orejas a mi perro?

No, es algo ya prohibido en casi todas las comunidades y si la ley estatal llega a aprobarse se sancionará en todo el territorio cualquier tipo de "maltrato" o práctica que pueda causar "sufrimiento, daño físico o psicológico" a un animal. Asimismo, el anteproyecto prohíbe específicamente las "mutilaciones corporales", salvo las "precisas por necesidad terapéutica" acreditada por un veterinario. Estas serán catalogadas como infracción grave y serán castigadas con multas de entre 30.001 y 100.000 euros.

¿Podré matar a un animal gravemente enfermo?

No. El borrador legal prohíbe el sacrificio de animales, algo considerado infracción muy grave y castigado con multa de hasta 600.000 euros. La ley sí que permite la eutanasia pero bajo control veterinario, en casos de "enfermedad o heridas incurables" o por motivos de sanidad animal, de salud pública o medioambiental. Asimismo, se prohíbe el sacrificio en centros de protección o en zoos por carencia de plazas. La norma indica que quedan excluidos los animales de producción o usados en la experimentación, que se rigen por una normativa específica.

¿Se prohibirán las corridas de toros?

No, dado que el anteproyecto indica que quedan fuera de su ámbito las corridas o encierros, así como el toreo de rejones, las becerradas, el toreo cómico y demás espectáculos donde se sacrifica el toro. Las asociaciones en defensa de los animales interpretan que se han dejado fuera las corridas para no generar una controversia que podría provocar que ley no llegue a aprobarse.

¿Seguirá habiendo ferias o circos con animales?

Sí y no. La normativa permite la participación de animales en ferias ganaderas o mercados pero indica que deberán tener acceso a comida y agua fresca de forma permanente, así como a un espacio adecuado para refugiarse de las inclemencias meteorológicas. Y se prohíbe el uso de animales en carruseles de feria, atracciones mecánicas y el empleo de fauna silvestre en espectáculos circenses.

¿Se permitirán las romerías y cabalgatas de Reyes?

Sí, pero las romerías deberán disponer de puntos de parada en los que los animales puedan descansar y abrevar. En cuanto a las cabalgatas, belenes o procesiones, se prohíben si el animal permanece en una forma antinatural o inmovilizado. En el caso de las cabalgatas con camellos, estos se mueven por el recorrido, si bien, será el reglamento que desarrolle la ley el que establezca concretamente si son autorizadas y en qué condiciones, según interpreta José Luis Rey, experto en derecho de los animales.

¿Me multarán si no recojo los excrementos de mi perro?

El anteproyecto insta a evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual, como fachadas o puertas de establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza con productos biodegradables. Prácticamente todos los ayuntamientos ya obligan en sus ordenanzas a la recogida de las deposiciones y algunos al orín, con lo que de aprobarse la norma y si este aspecto no sufre cambios, se generalizará la obligación.

¿Dónde podré comprar mascotas?

La norma impide la cría, comercio y exposición de mascotas en tiendas de animales, excepto los peces. El fin último de la ley es que haya un abandono y sacrificio cero, por lo que sólo se permitirá la cría a personas o entidades autorizadas y bajo control. Asimismo, se sancionará con hasta 100.000 euros el uso de animales como reclamo publicitario sin autorización o como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción.

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