Rosa Rodríguez Bahamonde, profesora titular de Universidad del Área de Derecho Procesal de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) exige ««la anulación del proceso electoral iniciado antirreglamentariamente» en las elecciones al claustro de dicho centro universitario. En su escrito, firmado el pasado 24 de febrero, Rodríguez detalla las cuestiones que a su parecer infringen la normativa y, por tanto, la constitución del claustro.

«El claustro de la ULPGC aprobó, en su sesión ordinaria de 15 de octubre de 2021, la convocatoria y el calendario para las elecciones del claustro, por haber expirado su mandato. La Junta Electoral Central publicó el día 22 de diciembre de 2021 la proclamación definitiva de candidatos y candidatas electos, fecha a partir de la cual el claustro anterior, incluyendo sus órganos –entre ellos, la Mesa del claustro-, dejaron de tener las funciones atribuidas por los Estatutos de la ULPGC y por el propio Reglamento del claustro», recoge el escrito.

Continúa apuntando que «el Reglamento del claustro, aprobado por el claustro de la ULPGC (BOULPGC nº 4, de 8 de abril de 2014), en su artículo 4 establece: ‘Una vez concluido el proceso electoral para la elección del Claustro Universitario, éste se reunirá en sesión constitutiva el día y hora señalados en la convocatoria efectuada por el Presidente del Claustro, y que habrá de celebrarse, en todo caso, dentro de los 30 días siguientes a la proclamación definitiva de los candidatos electos. A tales efectos, no podrá celebrarse la sesión constitutiva en períodos no lectivos».

Entiende que el proceso «se ha excedido el plazo de 30 días indicado en el art. 4 del precitado Reglamento del claustro sin que se haya procedido a convocar y celebrar la sesión constitutiva del nuevo claustro, por lo que no se ha dado cumplimiento a lo reglamentariamente preceptuado».

Rodríguez apunta que «la irregularidad en cuanto al órgano radica en que, a fecha de la publicación de los documentos no existía Mesa del claustro, por cuanto este órgano se tiene que formar en la sesión constitutiva del Claustro y dicha sesión aún no ha sido convocada ni celebrada, a pesar de lo dispuesto en la normativa, según hemos expuesto».

Recuerda que tras constatar estos hechos varios claustrales firmaron un escrito que remitieron al rector de la ULPGC el pasado 18 de febrero pidiendo que «se procediera a la convocatoria de la sesión constitutiva del claustro entrante, con los miembros electos designados en la proclamación definitiva efectuada por la Junta Electoral Central, de fecha 22 de diciembre de 2021» y que se trasladase «a la Junta Electoral Central resolución por la que se anule e interrumpa el proceso electoral iniciado antirreglamentariamente para cubrir las vacantes hasta que el Claustro esté constituido y decida, dentro de sus facultades soberanas, al respecto lo que proceda».

Ante todo lo expuesto solicitan «que, en ejercicio de las funciones y competencias concedidas al Defensor de la Comunidad Universitaria en el art. 1 de su Reglamento, se realicen las investigaciones o se adopten las actuaciones pertinentes para la defensa de los intereses y derechos de la comunidad universitaria en relación al cumplimiento de la legalidad en los procesos electorales» además señala «que la actuación del órgano del Defensor de la Comunidad Universitaria en relación a esta reclamación se realice con carácter urgente por la situación de indefensión que produce».