Universidad

Luces y sombras de la LOSU

Miguel Ángel Acosta, secretario de la Conferencia de Consejos Sociales de España, detalla en un informe las novedades y lagunas de la nueva Ley de Universidades

Ángel Tristán (i) y Miguel Ángel Acosta durante la exposición del informe sobre la LOSU en la ULPGC.

Ángel Tristán (i) y Miguel Ángel Acosta durante la exposición del informe sobre la LOSU en la ULPGC. / LP/DLP

María Jesús Hernández

María Jesús Hernández

Miguel Ángel Acosta, secretario general de la Conferencia de Consejos Sociales de las Universidades Españolas (CCS), señala en un informe las novedades y lagunas de la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), aprobada el pasado 9 de marzo, por una amplia mayoría en el Congreso de Diputados. Planes de igualdad, innovación en la docencia, formación a lo largo de la vida, participación del alumnado en el diseño de los planes docentes, o la introducción de la ciencia ciudadana, son algunos de los cambios positivos que introduce la Ley. Por el contrario, Acosta señala como negativo el hecho de que no haya una reforma estructural que acerque la universidad española a los modelos europeos, la escasa participación de la sociedad en el gobierno universitario, además de que no se da solución al exceso de burocracia y de reglamentación de los procedimientos administrativos, entre otros aspectos.

En este sentido, el presidente del Consejo Social de la ULPGC, Ángel Tristán, expuso en el último consejo extraordinario celebrado hace unas semanas, algunos aspectos de la nueva Ley que «deja un espacio de actuación bastante amplio a las Comunidades Autónomas» y destacó que la Conferencia de Consejos Sociales y el Consejo Social de la ULPGC han ofrecido su colaboración para perfilar y matizar la LOSU en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. «Van a venir unos tiempos apasionantes, porque la LOSU deja muchas puertas abiertas que permitirá modular y mejorar su aplicación en Canarias, otorgando una mayor participación de la sociedad en el gobierno y la gestión de las universidades». En su opinión, la Ley, aunque tenga defectos, introduce el compliance o el cumplimiento de los principios éticos y de integridad académica, así como las directrices antifraude, cuya vigilancia asigna a los consejos sociales, cuestiones «que son muy complejas y exactamente iguales y obligatorias para las empresas que, si no se cumplen, pueden derivar en una responsabilidad penal corporativa».

E Descentralización. Miguel Ángel Acosta señala como la novedad más relevante de LOSU, la descentralización del sistema universitario español. «Se ha dicho que las universidades van a tener más autonomía, pero realmente hay una descentralización hacia las comunidades autónomas, puesto que éstas van a tener una facultad importante en la legislación de las universidades. Y eso se suma a que determinados estatutos de autonomía modernos introducen como competencia de la comunidad, la organización de los gobiernos universitarios».

E Europa. Desde la CCS también se valora como «una oportunidad perdida» el hecho de que no se haya llevado a cabo en el marco de la nueva normativa, una reforma estructural que acerque la universidad española a los modelos europeos. «Los países de nuestro entorno, comparables con España, tienen sistemas de organización de las universidades muy diferentes al que ahora vamos a tener en España. Eso supone una pérdida de competitividad importante y de ganar cuotas para mejorar la internacionalización. Ese distanciamiento de los sistemas universitarios europeos más relevantes, también va en contra de los requisitos que nos piden la Unión Europea y la OCDE».

E Gobernanza. La LOSU establece que el mandato de los órganos unipersonales de gobierno sea de 6 años, cuando antes era de 4, y se elimina la posibilidad de elección del rector por el Claustro. Además, el rector o rectora podrá ser personal docente e investigador de cualquier universidad, «aunque esto es poco probable», pero con unos méritos mínimos en investigación, docencia y gestión. Los decanos y directores de escuelas y facultades se elegirán por sufragio universal. «Consideramos que en la LOSU la figura del rector podría tener mucho más peso para que realmente se posiciones en la punta de una pirámide donde ejerce el gobierno universitario desde arriba hacia abajo y eso no ocurre». Acosta apunta como paradójico, que se elimine el sistema de elección de decanos en las juntas de centro, y sea por sufragio universal. «El hecho de que los profesores, estudiantes y PAS elijan al decano, desconcentra el poder, algo que, desde el punto de vista de la Conferencia de Consejos Sociales no es positivo para el gobierno universitario».

Igualdad. Por primera se reflejan en la Ley políticas de igualdad dentro de la universidad para corregir el desfase que existe en algunas áreas y figuras del profesorado académico.

Los consejos sociales lamentan que la normativa distancia el sistema universitario español de los modelos europeos

Sociedad. La Conferencia de Consejos Sociales también lamentan la escasa participación de la sociedad en el gobierno universitario. «No es realista pensar que una universidad que le niega a la sociedad la participación real en la gestión, vaya a conseguir que esa misma sociedad priorice la universidad en sus decisiones de gasto público». Miguel Ángel Acosta apuntó al respecto que vincular a la sociedad en la financiación universitaria requiere también de un compromiso con ella.

Estudiantes. Se reconoce el derecho del alumnado universitario a participar en el diseño de los planes docentes y el derecho a recibir tutorías, orientación psicopedagógica y cuidado mental y emocional y al «paro académico».

Burocracia. Otra de las críticas a la nueva Ley tiene que ver con el hecho de que tampoco ataja el exceso de burocracia y de reglamentación de los procedimientos administrativos. «La universidad necesita tener mucha más capacidad para la contratación de personal, para la adaptación de la oferta formativa, no meterse en problemas de acreditación de títulos que se alargan y que tardan mucho en plasmarse, máxime cuando los planes de estudio deben ser muy cambiantes. La universidad española debería tener mayor capacidad de decisión y de gestión para agilizar esos procesos».

Consejo Social. Respecto a los consejos sociales españoles, el artículo 47 de la LOSU expone que serán regulados por una Ley de cada Comunidad Autónoma y será el encargado de aprobar el Plan Plurianual de la Universidad y de realizar su seguimiento y seguirá teniendo competencias en la aprobación de los presupuestos y las cuentas anuales de la universidad. Asimismo, se introduce entre sus competencias velar por el cumplimiento a los principios éticos y de integridad académica, así como de las directrices antifraudes que deben guiar la función docente y la investigación. «Esto es una novedad muy relevante para el Consejo Social que se introduce en la LOSU, una cuestión que está instalada en la universidad europea y que ahora se quiere introducir en España en el ámbito de la Universidad».

Formación. La puesta en marcha de las microcredenciales o microtítulos, y la formación a lo largo de la vida -estudios de carácter no oficial para estudiantes de todas las edades-, son otras de las novedades de la nueva legislación.

Profesorado. Entre los aspectos positivos, Acosta señala que se introducen nuevas categorías de profesorado, como el profesor con contrato laboral temporal, el profesor visitante o el profesorado distinguido y habrá condiciones para equilibrar las desigualdades de sexo en los concursos. Asimismo, desaparece la figura del ayudante y la nueva Ley establece un plazo de dos años para implantar el Sistema de Contabilidad Analítica. «Es importante que se reduce la precariedad en el profesorado, y la carrera académica está mejor definida».

Ciencia ciudadana. La LOSU introduce el concepto de la ciencia abierta o ciencia ciudadana, para ampliar el número de publicaciones universitarias que pueden ser accesibles para la población.

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