Aviso importante de la DGT a los conductores que viajan con su perro en el vehículo

Los agentes de tráfico pueden sancionar a los conductores que no transporten debidamente a sus mascotas

La DGT quiere reducir los accidentes provocados por las distracciones de las mascotas

La DGT quiere reducir los accidentes provocados por las distracciones de las mascotas

La Dirección General de Tráfico (DGT) sigue trabajando por reducir el número de siniestros en las carreteras españolas y ahora ha puesto su punto de mira en el transporte de mascotas en el interior del vehículo. El organismo de tráfico sabe que no llevarlos de la forma correcta puede suponer grandes distracciones para los conductores y por eso planea modificar el Reglamento General de Circulación para endurecer las medidas.

Cuando realizamos un viaje y transportamos mascotas en el interior es muy importante asegurar tanto al propio animal como vigilar la seguridad de las personas que van dentro del vehículo. Ahora, con la nueva Ley de Bienestar Animal aprobada recientemente por el Gobierno de España, se detallan los cuidados que deben llevarse a cabo cuando decidimos transportar mascotas dentro del vehículo. 

Pero desde la DGT también son conscientes que el conductor debe estar en todo momento seguro y por ese motivo pretende ampliar las dos leyes que hacen mención en la Ley de Tráfico sobre el traslado de mascotas. Las multas que actualmente pueden aplicar los agentes de tráfico varían entre los 80 y los 500 euros. La DGT ya prevé “abordar con mayor detalle el transporte de animales domésticos en la próxima revisión del Reglamento General de Circulación”.

¿Cómo evitar multas?

Cuando decidimos hacer un viaje con nuestras mascotas, o simplemente subirlas al interior de nuestro vehículo, debemos tener en cuenta una serie de normas. Según la nueva ley de bienestar animal, los dueños deben atender las necesidades de sus mascotas asegurando el espacio suficiente tanto para el animal como para los conductores y respetando la seguridad vial. 

Por otra parte, en el artículo número 13 de la Ley de Tráfico se dicta lo siguiente: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. 

Según la DGT, en ningún caso está permitido llevar al animal suelto por el interior del vehículo o en el maletero, así como tampoco utilizar aparatos de sujeción no homologados o dejar que saque la cabeza por la ventanilla.