Dirección General de Tráfico

El aviso de la DGT: todo lo que podrían embargarte por no pagar una multa

El organismo de tráfico recuerda que no estar al corriente de las sanciones puede conllevar grandes consecuencias

La Dirección General de Tráfico avisa de los embargos por no pagar una multa

La Dirección General de Tráfico avisa de los embargos por no pagar una multa

No cumplir con las multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) puede suponer graves consecuencias para los infractores, de hecho en algunos casos Hacienda puede solicitar el embargo de algunos bienes. Por otro lado, el organismo de Tráfico también ha recordado que pagar las multas de tráfico antes de un plazo de 20 días puede tener algunos beneficios.

La nueva Ley de Tráfico que ya ha entrado en vigor contempla más multas para los conductores con el fin de terminar con muchas de las imprudencias que realizan los usuarios en las vías. La DGT se ha fijado como objetivo reducir el número de accidentes en carreteras para este 2023 y una de las soluciones para evitar infracciones es aplicar medidas estrictas. Algunas de las multas más comunes en España es por exceso de velocidad, por realizar maniobras temerarias o por no tener en buenas condiciones el estado del vehículo.

Muchas veces las infracciones suelen llegar por carta a nuestro domicilio registrado en la base de datos de la DGT y puede suceder que no prestemos atención al correo y se nos pase el plazo para abonar la infracción. Un método para saber si tenemos multas pendientes es acceder al Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) y acceder con el DNI. Ahí podremos comprobar si tenemos sanciones pendientes. Una opción más rápida es hacerlo con la aplicación para teléfonos móviles MiDGT.

Embargos por no pagar multas de la DGT

La DGT explica que en el caso de las multas leves si el conductor realiza el pago en un plazo inferior de 20 días, lo que se considera que es un pago voluntario, recibirá un descuento del 50% del total. En caso de superar esta cifra, llegará la notificación a través de Correos y los usuarios ya no podrán disponer de descuentos, en ese momento el caso ya pasa a manos de Hacienda y los infractores disponen de otros plazos para abonarlas.

Por otra parte, recuerdan que el pago de la multa no se puede aplazar ni fraccionar en diferentes plazos. En caso de que los conductores no abonen la sanción dentro del plazo ordinario supondrá un recargo del 10% y se volverá a disponer de un plazo. En caso de seguir sin abonar se volverá a realizar un recargo del 20% del importe sobre el precio inicial. Pasado este punto, la Agencia Tributaria lo considera un caso grave.

Si al segundo recargo se sigue sin abonar la multa de tráfico, Hacienda procederá a reclamar las cuentas bancarias para extraer la cuantía de la sanción, así como también comenzará los trámites para realizar el embargo de los bienes y propiedades que tiene a su nombre la persona infractora.