El descuido que puede costar una grave multa de la DGT: hasta 3.000 euros

Los conductores deben estar atentos a la nueva Ley de Tráfico si quieren evitar sanciones 

La Dirección General de Tráfico (DGT) sigue intensificando sus medidas para intentar reducir el número de accidentes en las carreteras españolas. Desde principios de año ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico que contempla mayores multas de tráfico para los conductores que no respeten la normativa. El organismo de Tráfico trabaja en la ‘Estrategia de Seguridad Vial de la Agenda 2030’ de Europa con el objetivo de dejar en cero el número de víctimas en las carreteras en el año 2050. 

La DGT ha recordado que reforzar la seguridad vial de los usuarios de la vía es una tarea de todo el mundo, tanto de conductores, ciclistas, peatones, etc. El año pasado se produjo un repunte del 5% en el número de accidentes de tráfico, dejando la cifra preocupante de 1.145 muertos en carretera. El organismo quiere reducir esta cifra en un 50% en 2023 y para ello ha endurecido sus medidas, con un mayor número de sanciones a los infractores.

Una de las sanciones más recurrentes por parte de los conductores es por exceso de velocidad. Infringir el límite establecido en las vías suele ser las causas principales de accidentes de tráfico y por ese motivo desde la DGT cada vez cuentan con un mayor número de radares repartidos por todo el territorio para controlar la velocidad de los vehículos.

La DGT recuerda los documentos obligatorios

Muchas veces no solemos prestar atención a los documentos que son obligatorios en todos los vehículos. Los agentes de tráfico suelen ser muy estrictos en este sentido para comprobar toda la información correspondiente al coche, en concreto a tres importantes documentos que en caso de no tenerlo puede provocarnos una grave multa por parte de la DGT.

Los documentos obligatorios que todo conductor debe disponer son: el permiso de circulación, el permiso de conducir y la tarjeta de la ITV. En caso de no hacerlo, Tráfico nos sancionará con una multa de 500 euros, aunque no implica la pérdida de puntos del carnet. Otra cosa a la que debemos prestar especial atención es al seguro del coche, ya que en caso de no disponer de uno la sanción oscila entre los 600 y los 3.005 euros, además de una inmovilización inmediata del vehículo.

Cabe recordar que desde hace un tiempo, el carnet de conducir no es obligatorio llevarlo en formato físico, ya que ahora se puede llevar en el teléfono móvil a través de la aplicación MiDGT. En el caso de la póliza de seguro es obligatorio tenerla contratada, pero desde el año 2008 no hace falta llevar el documento encima.