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La DGT alerta sobre las carreteras convencionales: aumentan las multas por superar los límites de velocidad

En 2023 se registraron 211 siniestros mortales en los que el exceso de velocidad fue el factor concurrente

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Las carreteras convencionales son peligrosos debido a su estrechez y poca visibilidad

Las carreteras convencionales son peligrosos debido a su estrechez y poca visibilidad / Archivo

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

La Dirección General de Tráfico (DGT), en su objetivo por regular el tráfico y mejorar la seguridad en las carreteras, ha empezado a alertar e informar sobre los límites de velocidad que se deben respetar en las vías, sobre todo en las convencionales. Según datos de la DGT, tres de cada cuatro accidentes ocurren en este tipo de carreteras, y en 2023 se registraron 211 siniestros mortales en los que la velocidad fue el factor concurrente.

Con todo ello, la entidad española ha iniciado una campaña para concienciar sobre los límites de velocidad en las carreteras convencionales. En España hay 148.370 km de carreteras convencionales (de un total de 165.935 km). Aunque en ellos se producen apenas el 23% de todos los siniestros, acaparan el 53% de las víctimas mortales.

¿Por qué son peligrosas las carreteras convencionales?

Las carreteras convencionales en España se caracterizan por tener solo un carril en cada dirección, con intersecciones e incorporaciones al mismo nivel. Estos trazados, en su mayoría antiguos, atraviesan zonas montañosas, presentan tramos estrechos y con baja visibilidad, lo que obliga a los conductores a invadir el carril contrario para adelantar.

Estas condiciones aumentan significativamente el riesgo de accidentes, haciendo de estas vías unas de las menos seguras. Los accidentes más comunes en este tipo de carreteras son las salidas de vía y las colisiones frontales.

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Los límites de velocidad para las carreteras convencionales

Como ocurre en todas las vías, los límites de velocidad dependen del tipo de vehículo:

  • 90 km/h: turismos, motocicletas, autocaravanas de MM <Z 3.600 Kg, Pick-ups, autobuses, vehículos derivados del turismo y vehículos mixtos adaptables.
  • 80 km/h: camiones, furgones, autocaravanas de MMA > 3.500 Kg, vehículos articulados, automóviles con remolque y resto de vehículos.
  • 45 km/h: bicicletas y ciclomotores.

Multas por incumplir los límites de velocidad

En líneas generales, estas son las multas por exceder la velocidad permitida en cualquier tipo de vía española:

  • Hasta 20 km/h sobre el límite:
  • Multa: 100 €
  • Sin pérdida de puntos.
  • Entre 21 y 30 km/h sobre el límite:
  • Multa: 100 €
  • Sin pérdida de puntos.
  • Entre 31 y 40 km/h sobre el límite:
  • Multa: 300 €
  • Pérdida de 2 puntos.
  • Entre 41 y 50 km/h sobre el límite:
  • Multa: 400 €
  • Pérdida de 4 puntos.
  • Entre 51 y 60 km/h sobre el límite:
  • Multa: 500 €
  • Pérdida de 6 puntos.
  • Más de 60 km/h sobre el límite:
  • Multa: 600 €
  • Pérdida de 6 puntos.
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