¿La DGT quitará el carnet de conducir a los celiacos?
Un mensaje viral difundido en redes sociales asegura que las personas que sufren esta patología se quedarán sin este permiso pero, ¿es realmente cierto?

La DGT desmiente un tweet en el que se asegura que los celiacos no podrán conducir
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha endurecido los requisitos para la renovación de carnet de conducir. La jefatura de tráfico quiere hacer controles más estrictos a las personas que tengan que actualizar este permiso, con el fin de asegurarse que los conductores cumplen todos los requisitos y son aptos para ponerse a los mandos de su vehículo. Este cambio afecta, principalmente, a las personas que sufren algunas de las enfermedades que están publicadas en la página web de la DGT.
En las redes sociales está circulando un mensaje que está alarmando a todos los que lo leen. Los usuarios de Twitter que se han encontrado con la publicación de Gabriel Araújo (@GabrielAraujoES) están mostrando sus quejas por el contenido que ha publicado que dice lo siguiente: "Desde 2025 no podrás obtener ni renovar el carné de conducir, si sufres alguna de estas 35 enfermedades detalladas por la DGT". Tras esta introducción, el experto en Informática Forense escribe una lista con las 35 patologías que, según él, te van a dejar sin carnet de conducir.
No te creas todo lo que lees
Las primeras enfermedades que aparecen en este tweet son: "Enfermedades digestivas: Enfermedad celíaca, colitis ulcerosa, enfermedad de Crohn, etc.", que según Gabriel Araújo son incompatibles con tener carnet de conducir. La publicación se ha llenado de críticas hacia la DGT por el desconocimiento de los usuarios con esta medida. "¿Esto es real? ¡No sé de qué me sorprendo!", son algunos de los comentarios que se podían leer en esta publicación. La gran mayoría de personas que han leído esto pensaban que se trataba de una medida verídica, pero nada más lejos de la realidad.
La DGT aclara que los celiacos sí podrán seguir conduciendo
La Dirección General de Tráfico tiene un documento en el que se habla de las aptitudes necesarias para obtener el permiso de conducción, y en ningún momento se cita la prohibición de la concesión del carnet de conducir a las personas que sufran alguna patología. Sin embargo, el texto sí recoge la necesidad de unos controles especiales a las personas que sufran apnea obstructiva del sueño o tengan problemas de la vista, como ejemplos de enfermedades afectadas.
En el artículo 7.2 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, se detalla: "Los que padezcan enfermedad o deficiencia orgánica o funcional que les incapacite para obtener permiso o licencia de conducción de carácter ordinario podrán obtener un permiso o licencia de conducción extraordinarios sujetos a las condiciones restrictivas que en cada caso procedan".
Además, el artículo 43.2 de este reglamento se detalla la lista de enfermedades o discapacidades que tendrán unas pruebas especiales para obtener el permiso de conducción:
- La capacidad visual.
- La capacidad auditiva.
- El sistema locomotor.
- El sistema cardiovascular.
- Trastornos hematológicos.
- El sistema renal.
- El sistema respiratorio.
- Enfermedades metabólicas y endocrinas.
- El sistema nervioso y muscular.
- Trastornos mentales y de conducta.
- Trastornos relacionados con la adicción a drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas.
- Aptitud perceptivo-motora.
- Cualquier otra afección no mencionada en los apartados anteriores que pueda suponer una incapacidad para conducir o comprometer la seguridad vial.
La asociación de celiacos de Madrid tranquiliza a los afectados
Desde las asociaciones especializadas en celiaquía se han puesto con la DGT para analizar la situación y dar una respuesta clara a todos los celiacos. La Asociación de Celiacos de Madrid ha informado a través de sus redes sociales que "la EC (enfermedad celiaca) no se incluye" como una de las enfermedades que son incompatibles con tener el carnet de conducir.
También explican que en el Anexo IV del Reglamento de conductores se establecen las restricciones a la conducción "teniendo en cuenta la estimación del riesgo de daño que supone padecer una enfermedad concreta en conductores de vehículo". Por tanto, la celiaquía no es una de las enfermedades prohibidas para obtener el carnet de conducir.
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