Buenas noticias para los amantes de los coches clásicos: hay un nuevo reglamento en vigor

Buenas noticias para los amantes de los coches clásicos: hay un nuevo reglamento en vigor.

Buenas noticias para los amantes de los coches clásicos: hay un nuevo reglamento en vigor.

Desde principios de octubre de 2024 está en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos (RVH), una normativa que actualiza y simplifica el proceso de clasificación de vehículos clásicos, sustituyendo la legislación de 1995. Esta nueva regulación, elaborada por la Dirección General de Tráfico (DGT) en colaboración con el Ministerio de Industria, las comunidades autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), pretende facilitar el acceso al registro de vehículos históricos, aumentando considerablemente su número en España.

Actualmente, hay alrededor de 47.000 vehículos históricos registrados en la DGT, pero se estima que con el nuevo RVH, este número podría superar los 120.000 en un año. Esta previsión se basa en la simplificación del proceso y la reducción de costes, que antes podían llegar a superar el valor del propio vehículo, especialmente en motocicletas y ciclomotores.

Categorías y procedimientos para los coches clásicos

El nuevo reglamento establece dos procedimientos para clasificar un vehículo como histórico:

Grupo A (procedimiento abreviado): este grupo incluye vehículos con matrícula española, fabricados o matriculados hace al menos 30 años, sin modificaciones no autorizadas, con ITV en vigor y que ya no se fabrican. Para obtener la clasificación como histórico, los propietarios deben presentar una declaración responsable de que cumplen los requisitos y de que el uso del vehículo será ocasional (máximo 96 días al año). El trámite se realiza en la Jefatura de Tráfico y el coste se reduce al pago de la tasa correspondiente (poco más de 20 euros), pudiéndose realizar incluso online.

Grupo B (procedimiento ordinario): este grupo engloba los vehículos que no cumplen los requisitos del grupo A, como vehículos importados, fuera de circulación, o con modificaciones. Para su clasificación, necesitan un informe favorable de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, que evalúan su estado y determinan posibles limitaciones de circulación. Posteriormente, se debe pasar la ITV y realizar el trámite de matriculación en la Jefatura de Tráfico.

Exposición de coches clásicos en los Alisios.

Exposición de coches clásicos en los Alisios. / LP

Exenciones de ITV y nuevas normas de circulación

Una de las novedades más importantes del reglamento es la exención de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para vehículos históricos con más de 60 años y para todos los ciclomotores históricos. El resto de vehículos históricos sí necesitarán pasar la ITV, pero la periodicidad de las revisiones se amplía (de 2 a 4 años según la antigüedad) y las exigencias se adaptan a la época de fabricación del vehículo.

El uso de vehículos históricos se limita a un máximo de 96 días al año, considerando su carácter de ocio y para conciliar su uso con su preservación. Respecto a la circulación en ciudades con Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), la decisión queda en manos de cada ayuntamiento, aunque se recomienda facilitar su acceso para fomentar la conservación del patrimonio. Los vehículos históricos no están exentos del impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica, aunque muchas ciudades ofrecen bonificaciones.

Requisitos para la clasificación de vehículos históricos

Para ser considerado un vehículo histórico, debe cumplir al menos uno de estos requisitos:

  1. Fabricación o matriculación hace al menos 30 años.
  2. Cese de producción del modelo específico.
  3. Estado original (se permiten reformas habituales durante su fabricación y los 15 años posteriores).
  4. Correcto estado de conservación y mantenimiento.

Además, se pueden considerar históricos aquellos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, declarados de interés cultural, o con interés especial por su historia.

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