Consejo Interterritorial
Sanidad impulsa la creación de un registro de objetores al aborto para que las autonomías no tengan "excusas" para no realizarlos
El protocolo pretende que no pueda objetar el servicio en bloque de ginecología de un hospital, lo que dificulta la realización de la intervención en la sanidad pública

La ministra de Sanidad y los consejeros del ramo en el Consejo Interterritorial celebrado este lunes. / EP
Patricia Martín
La reforma de la ley del aborto contemplaba la creación de un registro individual de objetores con el fin de impedir la objeción en bloque del servicio completo de ginecología de un hospital o de la mayoría de sus profesionales, dado que esta situación dificulta que se realicen interrupciones voluntarias del embarazo en la sanidad pública. Sin embargo, más de año y medio después de su entrada en vigor, varias comunidades no han creado dicho registro.
Ante ello, el Ministerio de Sanidad someterá este lunes a la aprobación de los consejeros del ramo, en el último Consejo Interterritorial del año, un protocolo de creación del registro, con el fin de fomentar su implementación en todo el territorio.
"Esperamos que ahora las comunidades cumplan con su parte y elaboren ese registro de objetores de conciencia para que los centros públicos puedan planificar y puedan evitar objeciones en bloque de servicios enteros, desplazamientos forzosos de pacientes y derivaciones innecesarias a la privada". "Ya no hay excusas porque ya lo tenemos", ha espetado la ministra a las autonomías reacias a cumplir con una parte sustancial de la reforma de la ley del aborto, que se aprobó precisamente para fomentar la práctica de la prestación en el sistema público, dado que el 80% de las intervenciones se realizan en centros privados.
La doble modalidad
El protocolo permite una doble modalidad de objeción de conciencia. Por un lado, el profesional sanitario puede oponerse a practicar cualquier tipo de aborto -objeción total- o solo algún tipo de supuesto contemplado en la ley -objeción parcial-, como el aborto libre en las primeras 14 semanas de gestación o en caso de riesgo grave para la vida de la embarazada o del feto, hasta la semana 22. El profesional sanitario no tiene que dar ningún argumento y tendrá la garantía de que sus datos serán "especialmente protegidos".
El registro debe servir, según marca el protocolo, a los responsables de recursos humanos de los hospitales para poder llevar a cabo una "correcta programación" de la intervención sanitaria, evitando que los no objetores "sean relegados en exclusiva" a la práctica de aborto y que los opositores "sufran cualquier discriminación derivada de la objeción".
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