Mucho cuidado a partir de ahora: multas de hasta 500.000 euros por algo que todos hemos hecho alguna vez
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación cuenta con varios tipos de sanciones para esta práctica

Una mujer compra fruta en un mercado de Barcelona
Las comunidades autónomas tienen la competencia de vigilancia e institución de expedientes sancionadores para que se cumpla la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, que obliga entre otras cosas, a donar los excedentes de comida, a facilitar envases en los restaurantes para que los clientes se lleven el alimento sobrante o a ofertar los productos 'feos' en los supermercados.
Así lo han precisado fuentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en una sesión informativa para informar sobre la recientemente aprobada ley.
Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 2.000 euros; las graves, con multa entre 2.001 y 60.000 euros; y las infracciones muy graves serán sancionadas con multa entre 60.001 y 500.000 euros. No obstante, la ley establece un plazo de prescripción de seis meses para las infracciones leves; de un año en el caso de las graves; y de dos años para las muy graves.
El Ministerio, junto con otras administraciones públicas, irá elaborando en los sucesivos meses guías de buenas prácticas que permitan ayudar a las entidades sociales a la hora de implementar la obligación de dar trazabilidad a todos los productos que reciben y luego van donando.
En este sentido, las organizaciones tendrán la obligación de garantizar la trazabilidad de lo que entra y lo que sale en los bancos de alimentos y en las entidades sociales, mantener las prácticas de higiene y de conservación y manipulación de alimentos y que el uso de la redistribución de esos alimentos donados tiene que ir destinado a las personas en situación de vulnerabilidad y "siempre sin discriminación por ninguna razón de sexo, género, ideología o cualquier otro aspecto que discrimine a unos colectivos frente a otros".
De este modo, los alimentos donados deben ir siempre a las personas en vulnerabilidad sin ningún otro tipo de discriminación y ese alimento recibido como donación no puede ser nunca comercializado y vendido a un tercero.
Respecto a los plazos para la elaboración de los planes de prevención por parte de las empresas y de los acuerdos de donación, dos elementos obligatorios incluidos en la ley, el Ministerio explica que tienen que entrar en vigor un año después de la publicación de la norma.
Así, las empresas a partir del 3 de abril de 2026 tendrán que tener ese plan de prevención y esos acuerdos de donación, ya que, a juicio del Ministerio, carece de sentido que al día siguiente de la publicación de la ley en el BOE hubiera una inspección y se sancionara a una empresa por no tener el plan.
Por ello, la norma tiene la flexibilidad de dar un año para que todas las empresas puedan adaptarse y puedan trabajar en este sentido, mientras que el resto de disposiciones incluidas en la ley entraron en vigor al día siguiente de su publicación.
La Ley de Desperdicio Alimentario contempla obligaciones que están asociadas a sanciones, pero también un capítulo amplio de buenas prácticas, que son recomendaciones.
En el caso de empresas, por ejemplo de la industria cárnica, que se encuentren en zonas rurales en las que no tengan presencia entidades sociales o banco de alimento, se aplicaría la flexibilidad para donar alimentos cuanto tengan menos de 1.300 metros cuadrados o sean micropymes.
En el caso de que no cumplan ninguna de esas dos excepciones se aplicaría también, en la medida de lo posible, la jerarquía. Es decir, puede que no puedan donar pero puede que haya una fábrica de piensos próxima que pueda utilizarse o que sea utilizado como un subproducto para otra industria alimentaria de otro tipo o, finalmente, ese producto tendría que pasar a la valorización energética o a convertirlo en combustible, biogás o cualquier otro elemento contemplado en la jerarquía de prioridades, en la que la donación debe hacerse siempre que sea posible pero el objetivo final es que el producto se valorice en cualquiera de las fórmulas contempladas en la ley.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación presentará en las próximas semanas los nuevos datos del desperdicio alimentario en los hogares y en la hostelería.
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