Pagó él solo la hipoteca tras separarse y acabó teniendo que indemnizar a su expareja
El reparto de una casa entre excónyuges debe incluir la mitad del valor de las reformas si una de las partes las financió íntegramente

La Justicia aclara qué pasa si pagas tú solo la hipoteca tras una separación / Cedida
Una separación nunca es un momento fácil y en ocasiones, no pone fin a los problemas económicos de una pareja, especialmente cuando existe una vivienda en común. Así lo demuestra una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que ha resuelto un conflicto entre dos exparejas por el reparto de los gastos de una casa adquirida al 50%.
La sentencia recoge que la pareja era copropietaria de la vivienda al 50% cuando el hombre decidió acudir a los tribunales para solicitar la ruptura de la copropiedad y exigir los gastos, hipoteca, cancelación de préstamo e IBI, que había soportado en exclusiva durante ese tiempo.
En la primera resolución, el Juzgado de Primera Instancia dio parcialmente la razón al demandante, acordando la división del inmueble y condenando a la mujer a devolverle parte de esos importes, incluyendo la mitad de las cuotas hipotecarias abonadas únicamente por él.
Sin embargo, la exmujer recurrió la sentencia al considerar que el reparto económico no reflejaba toda la realidad.
Las reformas también cuentan en el reparto de la vivienda
De esta forma, la mujer acreditó que había invertido más de 50.000 euros en reformas y mejoras mientras ambos eran propietarios. Por ello, la Audiencia Provincial entendió que esas inversiones también debían tenerse en cuenta a la hora de liquidar la copropiedad, ya que no se puede calcular el reparto económico solo teniendo en cuenta quién pagó la hipoteca o los impuestos.
El tribunal reconoció que el hombre podía recuperar parte de los gastos asumidos en solitario, pero estableció que debía compensar a su expareja con 25.248,93 euros, lo correspondiente a la mitad del importe de las reformas sufragadas por ella.

La Justicia resuelve quién paga la hipoteca tras una ruptura: el caso que cambia el reparto de una vivienda / LP / DLP
Qué dice la Justicia sobre las viviendas compartidas tras una separación
Si una vivienda pertenece a dos personas en copropiedad, la liquidación económica debe contemplar no solo las cargas habituales del inmueble, sino las inversiones útiles o necesarias realizadas sobre él.
Para ello, la Audiencia Provincial aplica las normas previstas en el Código Civil sobre la división de bienes comunes, que permiten que cada copropietario recupere las cantidades invertidas cuando estas hayan servido para mejorar o conservar el inmueble.
En otras palabras, quien paga en exclusiva la hipoteca o determinados impuestos puede reclamar la parte que corresponde al otro propietario, pero ese derecho no elimina la obligación de compensar las mejoras que la otra parte haya financiado y que hayan incrementado el valor de la vivienda.
La sentencia, dictada el 27 de mayo de 2026 por la Audiencia Provincial de Madrid, no era firme y todavía podía ser recurrida mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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