La Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado un recurso de apelación en el que una denunciante pretendía una resolución penal por una presunta "posesión paranormal". En dicha querella, que fue archivada provisionalmente en primera instancia en un Juzgado de Instrucción, la persona querellante argumentaba que había sido "poseída por otra persona, que la domina y controla".

El auto, con fecha de 8 de junio, señala que el proceso penal "no puede dar cobertura a denuncias como la que nos ocupa, donde lo que se relata es algo inverosímil desde el punto de vista de la más elemental lógica humana", señala.

"Se pretende dar entrada a la vía judicial a un fenómeno paranormal, es decir, dar entrada a algo que está fuera de las percepciones, de las creencias y de las expectativas referentes a la realidad que nos circunda", señalan los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas Miguel Ángel Parramón, Pedro Joaquín Herrera y Secundino Alemán. Los jueces añaden que en la querella "se denuncia la invasión del cuerpo de la denunciante por la esencia no material de otra persona, quien desde su interior la domina y controla".

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Las Palmas concluyen su auto diciendo que "obviamente no existe en nuestro ordenamiento jurídico normas ni fórmulas legales que sirvan para reponer el malestar que dice padecer la denunciante. No existe por tanto la posibilidad de practicar un exorcismo judicial".

"Valoración certera"

Ante lo expuesto, los magistrados desestiman el recurso interpuesto a la vez que confirman el auto recurrido del titular del Juzgado de Instrucción número 1 de San Bartolomé de Tirajana el 12 de marzo de 2015, un auto en el que se dicta el sobreseimiento provisional de la denuncia.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Las Palmas abundan en que la juez a la que por turno tocaba admitir a trámite la denuncia hizo una correcta valoración del contenido de la misma. "Valoración certera que no necesita más motivación que la determinante y contundente decisión judicial adoptada (archivo de la causa), habiendo sido incluso generosa al optar por el sobreseimiento provisional en lugar del sobreseimiento libre".

Una vez que resolvió el Juzgado de San Bartolomé de Tirajana, la denunciante decidió recurrir ante la Audiencia Provincial. Sin embargo, antes de que el recurso fuera admitido a trámite, es el propio representante del Ministerio Fiscal quien se opone a su admisión. Su argumentación es que la valoración de los hechos denunciados no habían variado ni nada nuevo se iba a aportar para que se modificara el criterio en segunda instancia.