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Okupación

Un juez autoriza una novedosa vía exprés para que un propietario recupere su piso okupado en Vigo

El magistrado estimó la medida cautelar instada por el abogado del denunciante, al que permitió tomar posesión de su casa

El propietario del piso de la calle Real puso una puerta de seguridad para evitar que vuelvan a okuparlo.

La okupación de viviendas está a la orden del día. Y uno de los grandes problemas asociados es la lentitud con la que en la mayoría de las ocasiones actúan los juzgados para desesperación de los propietarios. De ahí la importancia del auto judicial que acaba de dictar un magistrado instructor de Vigo, que autorizó una novedosa vía exprés para que el dueño de un piso del Casco Vello de la ciudad pudiese recuperar el inmueble. Concretamente, lo que hizo fue estimar la medida cautelar instada por el abogado de este hombre y permitirle tomar posesión de su casa. De hecho, ya pudo hacerlo hace unos días. Dado que en el momento en el que fue allí no se encontró a nadie en su interior, todo se desarrolló de la mejor manera: sin contratiempos. Rompió el candado que habían puesto los okupas en la puerta principal e instaló un cierre de seguridad para evitar que accedan de nuevo, un robusto mecanismo similar a los que por seguridad utilizan los comercios ubicados a pie de calle.

La resolución la dictó el titular del Juzgado de Instrucción 2 de Vigo. En esa sala debería haberse celebrado hace unas semanas el juicio contra la pareja que estaba ilícitamente en la vivienda desde julio de 2020. Uno de los okupas está a día de hoy en prisión y por tanto localizado para la vista oral, pero la mujer no compareció. Ante el riesgo de que el procedimiento judicial estuviese suspendido de forma eterna hasta que se diese con ella y con la evidencia de que el legítimo propietario llevaba ya meses sin poder entrar en su piso, el juez Diego Costa apreció que existía un “claro perjuicio” para el denunciante. Y este fue uno de los motivos por los que, estimando la solicitud de medida cautelar planteada por el letrado José Luis Feijóo, autorizó al dueño “a llevar a cabo la toma de posesión” de la vivienda, procediéndose en la misma resolución a requerir a los okupantes a que la desalojasen en el plazo de tres días, con el apercibimiento de cometer un delito de desobediencia. El denunciante tuvo que entregar una fianza de 50 euros.

Una de las claves del auto es que el juez instructor va más allá de la jurisdicción penal a la que pertenece y acude a la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para aplicar la medida cautelar. Y en su resolución argumenta que se dan todos los requisitos para ello. En primer lugar hay pruebas claras de la okupación. "Existen indicios suficientes en relación a la presunta comisión de un delito de usurpación”, dice, citando la prueba documental que evidencia que el denunciante “sería el propietario de la vivienda" .

Riesgo

En segundo lugar hay riesgo de que la futura ejecución (la toma de posesión de la casa) “devenga inútil o imposible”. Y ello debido a que el propietario ya llevaba privado de su casa desde el pasado verano y al estar en paradero desconocido la mujer que seguía allí cuando el otro ingresó en prisión, el procedimiento judicial se mantendría suspendido “hasta su localización”. Algo que perjudicaría al denunciante al no existir un plazo claro de cuando recobraría su vivienda. Y finalmente, concluye el magistrado, el denunciante debe prestar caución, es decir, fianza, para recuperar su piso. En este caso, dada las circunstancias, se fijó en 50 euros.

Con este auto en la mano, el propietario acaba de recuperar ese piso de un pequeño edificio de su propiedad del barrio histórico vigués. El resto de las viviendas están alquiladas. “Me enteré de que estaba okupado en verano; dado que se encontraba en mal estado iba a reformarlo y cuando fue el electricista para hacer los trabajos se encontró gente dentro”, dice. Ahora, afirma, hará por fin esas reformas y arreglará los daños causados por las personas que vivieron allí los últimos meses: "Dejaron muebles tirados por todas partes".

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