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Resolución polémica

Un juez vuelve a archivar el espionaje a la víctima de La Manada

Dos detectives privadas "accedieron a la identidad y domicilio de la víctima", a sus chats privados y le hicieron fotografías en su piscina - El juez Enrique de la Hoz entiende que, pese a ello, "no se ve afectada la esfera de la intimidad" ni se han descubierto "secretos" de la joven

Los cinco hombres de La Manada, condenados por agresión sexual.

Las dos detectives privadas que siguieron los pasos de la joven víctima de La Manada de los Sanfermines, que hicieron fotos de su casa y en su piscina y que llegaron a ver chats privados de la chica no cometieron ningún delito, según el auto dictado por el juez Enrique de la Hoz, titular del número 40 de Madrid al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. El magistrado ya había archivado la investigación en octubre de 2020, pero la Audiencia de Madrid le ordenó reabrirla porque veía "indicios de delito" en la actuación de las detectives privadas, contratadas por la familia de Alfonso Cabezuelo, ex militar profesional y uno de los agresores de La Manada, condenado luego a 15 años de cárcel. Ahora de nuevo dicta el sobreseimiento y el archivo provisional de la causa.

La joven tenía 18 años cuando sufrió agresiones sexuales a manos de cinco hombres en un portal de Pamplona durante los Sanfermines de 2016. La víctima denunció y los agresores fueron detenidos. Antes de que se celebrara el juicio contra ellos, fue vigilada por las detectives. La Audiencia de Madrid ordenó al juez De la Hoz que investigara la actuación de esas profesionales después de comprobar que en sus informes, las investigadoras incluyeron "datos de identificación del domicilio actual de la víctima en Madrid, así como datos de la localidad donde ella y su familia tienen su segunda residencia", según la denuncia que presentó la joven. También, imágenes de la víctima en un bar acompañada de sus padres, junto a expresiones como "cena cómodamente con su familia" o ella "es el centro de atención de la mesa con su conversación". Tras sus seguimientos, concluyeron que la joven "no ha cambiado sus hábitos con posterioridad a los hechos denunciados", añadiendo incluso que "fuma, sale de marcha, toma café con los amigos…".

Doble victimización

Su informe y un segundo dossier que elaboraron con la actividad de la chica en redes sociales fueron incorporados por uno de los abogados de La Manada durante la investigación del caso, aunque finalmente la documentación quedó fuera del procedimiento. Sin embargo, para entonces la joven ya había sufrido una "victimización secundaria o reiterada", según el auto de la Audiencia, que concluye: "La víctima debería de haber estado protegida en su intimidad y dignidad, durante la sustentación del proceso, y por quienes tienen la obligación legal de garantizar esa protección. Esa responsabilidad puede alcanzar también a quien teniendo conocimiento de las informaciones existentes en el expediente procesal, hacen un uso ilegítimo de las mismas, para atentar contra los bienes personalísimos de esta".

El juez tuvo entonces que reabrir la investigación y citó a las dos detectives, que se acogieron a su derecho a no declarar en la causa. Su abogado, Agustín Martínez, es el mismo que defendió a los agresores de La Manada y el que ha logrado ahora el archivo de esta denuncia. El juez ha aceptado sus argumentos de que no se cometió ningún delito al no haberse difundido el informe. En su resolución considera que "no se entiende que se vea afectada la esfera de la intimidad (de la víctima) o que se hayan podido descubrir alguno de los secretos", como exige la ley.

La abogada de la víctima, Teresa Hermida, va a recurrir esta decisión de nuevo ante la Audiencia Provincial de Madrid, según ha confirmado la letrada a este diario. "Existen indicios más que racionales de criminalidad penal en la conducta de las detectives que hacen afirmar la posible comisión de un delito contra la intimidad de la víctima, lo que no ha sido negado por las investigadas", apunta. Insiste en que en los delitos contra la intimidad "no se requiere que el autor llegue a alcanzar la finalidad perseguida, en este caso, difundir el informe, sino que "para la consumación" del delito, basta que crearan un peligro para la víctima y para su intimidad".

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