El juzgado penal número 1 de Mataró (Barcelona) ha prohibido a un hombre convivir con animales o trabajar en ámbitos relacionados con animales durante cuatro años tras considerarlo culpable de un delito de maltrato animal. El hombre fue detenido en febrero de 2020 en Premià de Mar después de haber provocado la muerte deliberada de su perro. 

La condena es el resultado de un acuerdo entre las partes. El juzgado ve probado que el 12 de febrero de 2020, el hombre golpeó con contundencia y repetidamente a su perro, de tres meses. 

El animal acabó muriendo en un centro veterinario. Además, también se le ha impuesto una multa de 1.080 euros por un delito de resistencia a la autoridad durante su detención.

La sentencia recoge también una pena de seis meses por el delito de maltrato animal, pero suspende su entrada a prisión a cambio de no delinquir y de estar a disposición del juzgado durante el medio año de la pena.

Sentencia de conformidad

Esta es una sentencia de conformidad en la que las partes han llegado a un acuerdo. Por parte de la organización de defensa de los animales, FAADA, apuntan que el acuerdo fue aceptado por su parte porque en el momento de los hechos el condenado se encontraba con las capacidades mermadas y en caso de juicio, el tema podría haber acabado en absolución o en una rebaja de la pena y de las inhabilitaciones.

En cambio, se ha podido conseguir la "máxima" pena de inhabilitación para la tenencia y la convivencia con animales. De hecho, la organización destaca la importancia de que la prohibición sea a la convivencia, porque a menudo se dan casos en los que se prohíbe la tenencia, pero en la práctica la persona acaba conviviendo con un animal.

La abogada y coordinadora del Área legal de FAADA, Anna Estarán, ha celebrado la sentencia como un primer paso "fundamental" y ha añadido que seguirán trabajando para conseguir cambios legislativos que ofrezcan cada vez más protección a los animales.