Decisión juidicial

El juzgado archiva por ahora la investigación por la difusión de un vídeo sexual de una menor en la disco Waka

El sobreseimiento provisional se debe a que la tardanza a la hora de recopilar datos de Twitter puede provocar la prescripción del delito y que los hechos no puedan ser perseguidos

Discoteca Waka.

Discoteca Waka.

El Juzgado de Instrucción número 5 de Sabadell ha archivado provisionalmente el proceso judicial abierto por la difusión de un vídeo de una menor haciendo la felación a un joven en la pista de baile de la discoteca Waka, en esta localidad. Es una cuestión técnica, ya que el sobreseimiento se dicta para evitar que el delito prescriba y no se pueda investigar los hechos si Twitter, compañía a la que se le requirió en enero informe sobre 40 cuentas de personas desconocidas que difundieron la grabación, tarda en responder. El caso se reactivará si, al final, se identifican a los autores de los hechos presuntamente delictivos. Por ahora, el juzgado ha acordado la retirada a la compañía tecnológica que retire los videos.

Tras analizar los informes de los Mossos d'Esquadra, el juzgado ordenó a Twitter que informe sobre unas 40 cuentas de "personas desconocidas" que difundieron por esta red el vídeo "de explícito contenido sexual" entre los denunciantes "sin su conocimiento ni consentimiento", según ha avanzado El Mundo y ha confirmado EL PERIÓDICO, del grupo Prensa Ibérica. También solicitó los datos de las dos personas que publicaron las imágenes por primera vez, lo que contribuyó a su difusión por esa red social. El vídeo de la menor se divulgó de forma masiva a través de esa red sociales, donde algunos usuarios se han ofrecido a compartirlo para lograr nuevos seguidores. Al tratarse de una menor, y a pesar de que la chica se encuentra en un lugar abierto al público, cualquier difusión de las imágenes constituye un delito.

El juzgado considera que esta petición de estos datos prioriza la importancia del derecho al secreto de las actuaciones de los usuarios ya que "su utilidad a los fines de la investigación es evidente, no existiendo ningún otro modo de proceder a la averiguación de los presuntos responsables". El auto subraya que "no supone para los investigados, una vez averiguada su identidad, una injerencia tal en su derecho fundamental que motive su denegación, ya que no se pretende con ello acceder a ningún contenido específico de la comunicación, sino sólo determinar la identidad de los sujetos que después de grabar las imágenes, las colgaron en internet y posteriormente las retuitearon a través de los diversos perfiles de Twitter reseñados, pero sin intervenir directamente comunicación ni mensaje alguno que pudiera violar su intimidad más allá de lo estrictamente necesario a los fines de la investigación".

El anonimato y la impunidad

"De no ser así, la facilidad, comodidad y sobre todo el anonimato que implica el uso de estos medios tecnológicos conllevaría una impunidad para el autor de los delitos que, en el caso concreto, justifica su adopción porque, como ya se ha indicado, la medida es proporcionada y necesaria", argumenta el juzgado.

Por otra parte, se deben practicar diligencias sobre la denuncia de los padres de la menor, que ratificaron ante el juez, una presunta agresión sexual en la discoteca esa noche. En un informe policial entregado al juzgado hace unas semanas, los Mossos descartaban la posible agresión sexual tras visionar las cámaras de seguridad del local, hablar con los testigos y analizar los informes médicos de la menor. "Es una agresión sexual", aseguró en su días el padre de la chica.

La familia sospecha que la menor se encontraba bajo la influencia de alguna droga y que, en consecuencia, no era consciente de lo que hacía. La madre, en la misma línea que el progenitor, explicó que su hija "no recuerda nada" del incidente. Por lo que ha contado la menor a sus padres, empezó a encontrarse mal después de pedir una bebida en la barra y no estaba "consciente" en el momento de los hechos.