Pierde el testículo izquierdo por una negligencia médica

El hospital que lo atendió de urgencias no detectó a tiempo que sufría una torsión en los genitales y ahora tiene que indemnizarle con 72.000 euros

Imagen de archivo

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a una aseguradora del Servei Català de la Salut a indemnizar con 72.000 euros a un niño al que se tuvo que extirpar un testículo debido a que el hospital que lo atendió de urgencias no detectó a tiempo que sufría una torsión en los genitales.

La sentencia revoca una resolución previa de un juzgado de Barcelona que había desestimado la indemnización solicitada por los padres del menor y reconoce su derecho a ser resarcidos económicamente por la negligencia.

El menor acudió en dos ocasiones en septiembre de 2017, con dos días de diferencia, a un hospital del Servei Català de la Salut (SCS) aquejado de dolores abdominales, pero se le dio el alta tras diagnosticársele una infección sin que se le detectara la torsión testicular que realmente padecía.

En una tercera visita al hospital al día siguiente se le acabó diagnosticando la torsión, por lo que se le derivó a otro centro sanitario para ser intervenido quirúrgicamente, lo que obligó a extirparle el testículo izquierdo, que presentaba congestión, hematoma y necrosis.

La sentencia reconoce que, si bien la torsión testicular que sufría el menor es ajena a la actuación de los médicos que lo atendieron, el daño sufrido deriva del "incorrecto" diagnóstico y, sobre todo, tratamiento, de la dolencia que padecía.

De haberse previsto ese diagnóstico, añade el fallo, "el mantenimiento del paciente en el medio hospitalario le habría permitido ser intervenido con celeridad y darle la oportunidad de conservar el órgano".

No obstante, la sentencia admite que esa posibilidad es "incierta e insegura", dado que la dolencia que sufría el menor "mostraba ya una evolución de dos o tres horas" cuando este ingresó en urgencias, con lo que se habían reducido drásticamente las posibilidad de preservar el testículo, por lo que rebaja la indemnización inicialmente solicitada por los demandantes.