Tribunales
Un juez absuelve al padre de Rosa Peral por mentir en el juicio por el 'crimen de la Guardia Urbana'
El hombre afirmó ante los Mossos que había visto a la víctima poco antes de morir pero luego lo negó en el juzgado

Rosa Peral, en una entrevista desde la cárcel que aparece en el documental de Netflix 'Las cintas de Rosa Peral'. / Netflix
Germán González
El Juzgado Penal número 5 de Barcelona ha absuelto a Francisco Peral, padre de la exagente de la Guardia Urbana Rosa Peral condenada por asesinar a su pareja, también policía del mismo cuerpo, en 2017 junto a su amante Albert López, de un delito de falso testimonio por el que procesado. La Fiscalía consideraba que había cometido este delito durante su declaración en el juicio contra Peral y López, en febrero de 2020, al afirmar que no vio a Pedro R., la víctima, un día después del crimen cuando a los Mossos les dijo que sí años antes, durante la investigación.
En concreto, el procesado, representado por la abogada Elisenda Massa, aseguró en el juicio que no eran ciertas las declaraciones de los investigadores de Mossos sobre un encuentro que tuvieron el 14 de mayo de 2017, justo después de que Peral fuese detenida. En ese momento, los agentes indicaron que Francisco Peral les había reconocido que mintió días antes cuando les explicó que había visto a Pedro el 2 de mayo de ese año, aunque el crimen se cometió el día anterior, y que lo hizo a petición de su hija.
Sin embargo, Francisco Peral negó estas afirmaciones en el juicio, tanto que había visto a Pedro el día 2 como que reconoció ante los Mossos su mentira por indicación de su hija. Los agentes que declararon en el juicio se mantuvieron en esta versión sobre las palabras del procesado.
En la sentencia de la Audiencia de Barcelona sobre el crimen de la Guardia Urbana queda constancia de que el sargento de los Mossos que investigó el crimen explicó que "nadie" vio a la víctima el 2 de mayo "a excepción del padre de Rosa, quien afirma que cuando declaro en la policía que vio a Pedro el día 2 fue porque su hija se lo había pedido". En la fase de instrucción en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Vilanova i la Geltrú, Francisco Peral ya declaró que se trataba de un error, que el 2 de mayo no había visto a la víctima.
Pese a esto, el juzgado penal considera que estas declaraciones de Francisco Peral "no tiene una verdadera afectación material" en los hechos juzgados y que por eso no se trata de un delito. "Tal es la escasa influencia de la declaración del acusado en la sentencia del crimen de la Guardia Urbana que a lo largo de sus 43 páginas sólo destina tres líneas, sin entrar a analizar la mentira y su afectación", señala el juez.
Además, añade que el hecho de que el acusado dijese a los investigadores que "les había mentido con anterioridad", según la declaración de los Mossos, "no tiene ninguna relevancia para determinar la inocencia o culpabilidad de la señora Rosa Peral, ya que efectivamente en sede judicial aseguró que no había visto el 2 de mayo" a la víctima. Por eso, absuelve al padre de Peral de falso testimonio.
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