Parece que tras el Carnaval y la marcha del mal tiempo, están animando a ciertos conductores en Gran Canaria a manejar sus vehículos con cierto 'alegría'. Hace un tiempo se viralizó en las redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea en el que se ha visto a un coche circulando con un buen trozo de una tubería por el lado del conductor o una tabla de surf que sorprendentemente atravesaba ambos lados del vehículo.
Aunque no es tan inaudito, en las últimas horas está circulando otro vídeo en el que se muestra otra imprudencia al volante que atenta contra el reglamento de la Dirección General de Tráfico (DGT) al circular con el portabulto abierto y distintos muebles y enseres sobresaliento de la parte trasera del vehículo.
El vehículo fue grabado mientras circulaba por la GC-1, dirección Sur, a la altura de Marpequeña.
Normativa
¿Está permitido llevar las puertas o el maletero abiertos para aumentar la capacidad de carga? Estamos ante una típica pregunta de test en los exámenes para obtener el permiso de conducir.
En España no se puede circular con ninguna puerta abierta, incluido el capó. Y si se pone una carga que sobresale del largo del coche pero inferior al ancho, contando los espejos, hay que poner la pertinente señal V-20 (dos señales V-20 si el ancho es igual o superior al ancho del vehículo. En este caso, según se puede apreciar, sí parece que la carga va sujeta, pero no existe señalización alguna al respecto.
Tal y como explica la DGT, los límites permitidos para las dimensiones de la carga son diferentes para turismos, furgonetas y camiones. Los primeros, que es el caso que nos atiende en este momento, sólo podrán transportar cargas que sobresalgan por la parte posterior. Mientras que los vehículos destinados al transporte de mercancía sí pueden llevar carga que sobresalga por delante, detrás y los laterales, con determinadas condiciones.
¿Cómo señalizar correctamente que llevamos carga que nos obliga a llevar el maletero abierto? A través de la señal V-20, un panel cuadrado (de 50x50cm.), que en el caso de que iguale o exceda el ancho del coche, como hemos explicado con anterioridad, deberá llevar por partida doble en la parte trasera, colocadas transversalmente en cada extremo de la mercancía de tal manera que formen una geometría de 'V' invertida.
Para sujetar las señales es necesario utilizar todos los puntos de anclaje, usando preferiblemente correas o tensores elásticos de amarre. Desde Tráfico no recomiendan el uso de abrazaderas de plástico y recuerdan que "sólo puede sobresalir la carga por la parte posterior de un turismo", según el Reglamento, "un 10% de la longitud del vehículo. Si la carga es indivisible, puede exceder el largo del coche en un 15%".
¿Y cómo se sujeta? Sea la que sea la carga que transportemos en nuestro vehículo debemos colocarla y sujetarla de forma que no pueda desplazarse de manera peligrosa, comprometiendo la estabilidad del vehículo u ocasionando molestias a otros conductores. En ningún caso se pueden ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa y las placas o distintivos obligatorios.