Tribunales

El Supremo absuelve a una madre del delito de sustracción de un menor en Canarias

La sentencia del Tribunal Supremo señala que se han emitido tres autos en los que se insta a la madre a permitir al padre ver al menor, pero que ella siempre ha dado excusas para incumplirlos. Sin embargo, también se indica que la juez ha planteado iniciar varios procedimientos en contra de la madre.

Imagen de archivo

Imagen de archivo

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a una madre del delito de sustracción de menor, del que era acusada por su exmarido después de que trajera al hijo común de Madrid a Tenerife y le impidiera verlo cuando se desplazaba a la isla.

El padre denunció que la madre había incumplido el régimen de visitas que se había establecido después de que ella se trasladara a vivir a Tenerife con el hijo común. El padre también alegó que la madre no estaba permitiendo que él viera al menor y que el Juzgado de Alcalá de Henares, donde se había iniciado el proceso, no estaba haciendo lo necesario para que se cumplieran las resoluciones judiciales.

El querellante consideraba que la imposibilidad de ver al menor era responsabilidad de la madre y del Juzgado, mientras que la madre alegaba que ella estaba cumpliendo con las resoluciones judiciales y que el padre no estaba respetando el régimen de visitas establecido.

En su decisión, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo determinó que la madre no había cometido el delito de sustracción de menor, ya que no había habido ninguna intención de privar al padre de su derecho a ver al hijo común. Además, se descartó que la juez de Alcalá de Henares hubiera cometido prevaricación activa en cuanto a la aplicación de las medidas establecidas para el régimen de visitas.

La sentencia del Tribunal Supremo señala que se han emitido tres autos en los que se insta a la madre a permitir al padre ver al menor, pero que ella siempre ha dado excusas para incumplirlos. Sin embargo, también se indica que la juez ha planteado iniciar varios procedimientos en contra de la madre.

El padre argumentó que el hijo era diabético y que debía recibir tratamiento médico controlado por un hospital de Madrid, por lo que había solicitado que el menor volviera a la capital española en varias ocasiones. La madre alegaba que había sido avisada con poco tiempo para tener la medicación preparada cuando el padre se desplazaba a la isla.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a la madre del delito de sustracción de menor. La sentencia indica que se han emitido resoluciones judiciales para que el padre pueda ver al hijo común, pero que estas no han sido efectivas debido a la conducta de la madre y a la falta de cumplimiento del régimen de visitas por parte del padre.