Un patinete es capaz de 'volar' a 120 kilómetros por hora en Las Palmas de Gran Canaria
Agentes de la Policía Local localizaron al conductor y tras inspección del vehículo procedieron a su inmovilización tras comprobar que estaba trucado y a tramitar la correspondiente multa
Agentes de la Unidad de Tráfico de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria localizan a un conductor de una patineta que podía alcanzar los 120 kilómetros por hora, una velocidad muy superior a la permitida para este medio de transporte.
Los agentes le había dado el alto cuando el conductor circulaba por una zona industrial a una velocidad excesiva. Sin embargo, fue posteriormente cuando hicieron una inspección técnica del al patinete, cuando pudieron comprobar que este vehículo de dos ruedas era capaz de alcanzar cerca de los 120 km/h, por lo que los funcionarios procedieron a su inmovilización, realizándose la correspondiente denuncia al conductor.
La multa por trucar un patinete eléctrico puede alcanzar los 500 euros.
La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que los patinentes, catalogados como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) podrán circular a una velocidad máxima de 25km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, estos vehículos de movilidad personal deberán contar con sistemas antimanipulación, tanto para la velocidad como para la potencia. También deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería.
Los patinetes que solo podrán circular a partir de enero de 2024
En las compras navideñas, a buen seguro, se venderán patinetes para regalar en Nochebuena y el Día de Reyes. Sin embargo, los compradores y conductores de ese tipo de vehículos, deben tener en cuenta que a partir del 22 de enero de 2024 solamente se van a poder comercializar vehículos de movilidad personal certificados, advierte la DGT.
Velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, es el principal motivo que ha llevado a la DGT a establecer esa regulación, así como la del resto de usuarios de la vía, y garantizar que los patinentes que se pongan en el mercado tienen unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles.

EPC
Lugares por los que no pueden circular los patinetes
"No todo lo que se vende como VMP es un VMP, ni todo lo que circula por nuestras ciudades son VMP", asegura tajante la DGT. Según el Reglamento General de Vehículos, se denomina Vehículo de Movilidad Personal al vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada) que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h y que sólo puede estar equipado con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado. Todo conductor que supere ese límite se expone a sanciones de 200 euros.

Gráfico de la normativa de circulación en patinetes / DGT
La circulación de estos vehículos está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos.
Por otro lado, también está prohibida la circulación por las aceras en ámbito urbano.
Además, al ser considerados como vehículos a todos los efectos, la DGT subraya que sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto de conductores.
La DGT recomienda a los conductores de patinetes el uso del casco, aún cuando la ordenanza municipal no lo contemple como obligatorio, y disponer de seguro de responsabilidad civil.
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