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Tribunales

Un ludópata admite que estafó más de 140.000 euros a la familia de su pareja en la capital grancanaria

La Fiscalía rebaja su petición de condena de 14 años y tres meses a tres años de cárcel

Carlos G. a la izquierda y junto a su abogada, este martes durante el juicio en su contra

El acusado de estafar 143.460 euros a la familia de su pareja en la capital grancanaria ha admitido los hechos ante el juez. Esto como parte de un acuerdo al que llegaron las partes que supuso una rebaja en la solicitud de la pena de la Fiscalía de 14 años y tres meses a tres años de prisión.

El fiscal delegado de Criminalidad Informática, José Antonio Díez, consideró las atenuantes de reparación del daño -ya que el acusado pagó una parte del dinero a una de las víctimas- y la analógica de ludopatía al estimar que el procesado se encontraba en un estado de "angustia y dependencia" a la realización de apuestas con dinero del que carecía. Asimismo, matizó que Carlos G. no cuenta con la capacidad monetaria ni de ingreso de dinero alguno.

En el juicio celebrado este martes ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial, Carlos G., reconoció ser el autor de los tres delitos continuados de estafa agravada y se mostró conforme con el acuerdo al que llegaron las partes con respecto a su condena que incluye una multa total de 900 euros en vez de los 8.640 euros que solicitaba la Fiscalía en un principio. Por tanto, el magistrado presidente Miguel Ángel Parramón procedió a dictar la sentencia 'in voce' en los términos pactados y declaró la firmeza de la misma.

Los hechos

Los hechos se remontan al periodo comprendido entre los meses de septiembre de 2018 y junio de 2019 cuando el ahora condenado, «con ánimo de lucro» y en ejecución de un «plan preconcebido», se aprovechó de la «estrecha relación que tenía» con la familia de quien era entonces su pareja sentimental desde hacía nueve años -y con la cual convivía- para pedirles «múltiples cantidades de dinero». El hombre admitió la tesis del fiscal quien señaló que Carlos G. utilizaba el «falso pretexto» de destinar las cantidades que solicitaba para «una importante operación empresarial» con el compromiso de devolverles lo prestado, «a sabiendas que no lo podría hacer». Además, le dijo a cada una de sus víctimas que «mantuviesen en secreto las entregas de dinero» con el fin de facilitarse la obtención de efectivo de cada uno de ellos.

Una de las afectadas fue su cuñada quien entre septiembre de 2018 y marzo de 2019 entregó al procesado 7.200 euros en diferentes transacciones bancarias destinadas tanto a la cuenta de él como a la de su pareja y hermana de la perjudicada, quien «desconocía los propósitos ilícitos» del condenado.

Los suegros de Carlos G. también resultaron afectados por su estafa y es que el padre de la que era su pareja le entregó diversas cantidades de dinero entre noviembre de 2018 y julio de 2019. La víctima solicitó dos préstamos bancarios por un total de 17.000 euros y traspasó 3.000 euros de su tarjeta de crédito a su cuenta corriente, cantidades que destinó a la cuenta del procesado junto a otros 16.000 euros. A su vez, requirió otra financiación para hacer frente a los gastos crediticios de los cuales transfirió 600 euros a su yerno. Este perjudicado le prestó un total de 36.360 euros a Carlos G., quien le devolvió 10.800 euros.

El condenado, además, se hizo con las claves bancarias de su suegro y se transfirió sin su consentimiento 28.480 euros, de los que 25.900 euros eran de créditos que solicitó sin que la víctima supiera. La suegra, por su parte, le transfirió 2.000 euros que obtuvo mediante un préstamo, pero Carlos G. obtuvo sus contraseñas y también le quitó 25.700 euros, de los que 23.181 euros son producto de una financiación que también solicitó sin su consentimiento. Al tiempo que accedió a la cuenta que esta víctima compartía con su madre y se transfirió 4.800 euros.

A varios familiares, entre ellos cuñados, y un amigo les quitó un total de 43.620 euros de los que devolvió 8.000. Con este fallo se declara, a su vez, la nulidad de los préstamos bancarios que solicitó el acusado a nombre de sus suegros y se obliga al procesado a pagar 140.560,42 euros en concepto de indemnización tanto a las personas perjudicadas, como al banco que aprobó los créditos.

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