Caso Abierto - La Provincia - Diario de Las Palmas

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Tribunales

La gestora de la agencia de viajes de Luis Morote es absuelta de estafa

El Tribunal no ve probado que Noelia R. incorporase a su patrimonio el dinero que recibió por los billetes y reservas ya que lo devolvió

Noelia R. durante el juicio en su contra. LP / DLP

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a la gestora de la agencia de viajes de Luis Morote del delito de estafa del que fue acusada al no ver acreditado los hechos.

La sentencia -a la que ha tenido acceso LA PROVINCIA / DLP- considera probado que Noelia R. desde finales de 2012 y hasta principios de 2014 gestionó la representación de la agencia de viajes Sigma Travel, situada en la calle Luis Morote, en Las Palmas de Gran Canaria. A consecuencia de su actividad se cobraron unas cantidades por billetes de avión y reservas de hotel que «no llegaron a emitirse».

Sin embargo, la Sala detalla que Noelia R. indemnizó «a todos y cada uno de los perjudicados» y/o consignó judicialmente la cantidad que recibió de ellos. En concreto, la mujer cobró el 2 de noviembre de 2012 a una pareja 1.758 euros por tres pasajes desde Gran Canaria a Cuba para un vuelo con fecha de 30 de junio de 2013. Estos billetes nunca se emitieron, por lo que los afectados sacaron otros por un valor de 3.977,43 euros. La acusada, según el Tribunal, quiso devolver el dinero al matrimonio pero estos lo rechazaron ya que reclamaban otros 2.000 euros por los daños y perjuicios causados. 

Otra afectada le entregó el 6 de junio de 2013 1.000 euros por un pasaje ida y vuelta de Gran Canaria a Colombia para un familiar y sólo se emitió el de ida, pero a la vuelta el turista se percató de que no contaba con el billete para regresar. Esta testigo recibió, por parte de la gestora de la agencia, 1.000 euros más 500 euros, con lo cual no reclamó cantidad alguna.

Mientras, otra perjudicada le hizo a Noelia R. un pago de 1.540 euros por una reserva de varias noches en un hotel del Sur durante el mes de julio de 2013 para el 27 de agosto de ese mismo año. Esta reserva tampoco se emitió, sin embargo, la afectada recuperó el total de su dinero.

Otra clienta frecuente de la gestora de la agencia de viajes le entregó 4.420 euros el 9 de mayo de 2013 por la compra de unos billetes de avión con la ruta Gran Canaria-Colombia, los cuales no se emitieron. Según el fallo, esta testigo que no reclamó ninguna cantidad, recibió su dinero de vuelta.

El Tribunal, por tanto, no ve acreditado que el dinero que, «indubitadamente», recibió Noelia R. en su agencia de viajes pasaran a formar parte de su patrimonio, ni tampoco que cobrase esas cantidades con la intención de no emitir los billetes. Al no poderse probar la existencia de la intención de engañar, se excluye el delito de estafa del que le acusó la Fiscalía, que también requirió la condena de forma subsidiaria por apropiación indebida. Este último delito tampoco se comprobó, según la sentencia, ya que la Audiencia Provincial no ve probado que exista por parte de Noelia R. la «maliciosa» intención de quedarse con el dinero. La gestora alegó en el juicio en su contra que el dinero se lo quedó el «consolidador» y que «no sabía» que su proveedor le bloquearía el sistema, tesis que la Sala ve comprobada mediante la testifical de dos clientas a las que les comentó lo mismo cuando les regresó el dinero.

Así, el Tribunal ha resuelto absolver a Noelia R. de los delitos de estafa y apropiación indebida que le imputaba el Ministerio Fiscal y por el que se enfrentaba a una condena de tres años de cárcel y 1.680 euros de multa. También, fallaron que, una vez la sentencia sea firme, se proceda a la entrega de las cantidades correspondientes a cada uno de los perjudicados que se encuentran consignadas judicialmente.

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