Caso Abierto - La Provincia - Diario de Las Palmas

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Aplazado el juicio contra los dueños de Lenita por supuesta indefensión

Las defensas solicitan que se anule una parte de la prueba practicada contra los empresarios acusados tras alegar que fue ejecutada fuera del plazo

Los acusados Lenita B., Nicole M., Airam P. y Antonio M., ayer durante el juicio en su contra. Ángel Medina G./ Efe

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas aplazó este miércoles el juicio contra los propietarios de las marcas Lenita y XTG después de que sus abogados solicitase la «nulidad» de una parte de las actuaciones al alegar que han sufrido «indefensión».

Tras comenzar la vista oral contra Lenita B., Antonio M., Nicole M. (hija de éstos últimos) y Airam P., a quienes la Fiscalía acusa de defraudar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), el letrado de la defensa de la pareja de empresarios y la entidad Burmen S.L. José Mateo, solicitó la anulación de la causa.

 Como cuestiones previas el abogado matizó que se ha producido una «vulneración del derecho de defensa» al «haberse practicado diligencias de instrucción fuera del plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación de diligencias previas y sin haber sido declarada la causa compleja». A consecuencia de esto, sostuvo, se ha formulado acusación contra sus defendidos sobre la base de diligencias complementarias que han sido practicadas vulnerando así la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). El auto tiene fecha de 30 de agosto de 2017, con lo cual, explicó, que el día límite era el 1 de marzo de 2018. «En ese periodo el Juzgado de Instrucción toma declaración de todos los investigados» y se produce una «única testifical». Mientras el, 21 de marzo de 2018, «sin haber sido declarada la prórroga y fuera ya del plazo de seis meses», por lo tanto, señaló que durante dos años el Juzgado practicó diligencias de instrucción fuera del plazo máximo del establecido. Esto, según el letrado, al amparo del artículo 780 de la Lecrim pedido «expresamente por el Ministerio Fiscal» por imposibilidad de formular acusación, «a lo que accedió el instructor». 

Lo «más relevante» es, a juicio de Mateo, que la fiscal de Delitos Económicos, Evangelina Ríos, pidiese el 30 de septiembre de 2019 que se le tome una nueva declaración a los acusados por un delito de insolvencia punible y la ampliación del auto de procedimiento abreviado respecto a esta nueva acusación. Además, alegó, que la Seguridad Social solicitó unas diligencias complementarias y se practican «más testificales y documentales». 

«No hay más indefensión que verse afectado a día de hoy por un procedimiento que se ha extendido más allá de los plazos legales», manifestó, al tiempo que señaló que, de no ser declaradas nulas estas pruebas, se tomen como no validas. Así, solicitó la nulidad de todo el procedimiento a partir del primer auto de procedimiento abreviado de 21 de marzo de 2018 y que los únicos hechos que pueden ser objeto de acusación son los establecidos en ese documento (delito contra la Seguridad Social). 

Mateo también trajo a colación una «inconcreción de los escritos de acusación». Detalló que las calificaciones presentadas por primera vez por parte de la TGSS no desglosa de dónde sale la cantidad defraudada a la Administración y en un segundo escrito aumenta la responsabilidad civil de 491.586 a 618.637 euros. La Fiscalía, por su parte, la establece en 580.994 euros. 

También aportó un auto que cesa al anterior administrador concursal de Burmen S.L., al que le piden comparecer, pero, a su entender, debe hacerlo solo el actual. Además, el decreto de un juzgado que acordó en diciembre de 2019 la subasta de un bien inmueble propiedad de la entidad, el cual está embargado por la Seguridad Social desde 2012 y señaló que la Administración pidió un sobrante de la subasta, con lo que entiende que debe restarse de la responsabilidad civil.

La letrada de Airam P., apoderado de Burmen S.L., Elena Nieto se adhirió a la solicitud de nulidad de los delitos de insolvencia punible y alzamiento de bienes.

Por su parte, el abogado de Nicole M. José Gerardo Ruiz Pasquau, matizó que a su defendida sólo se le informa de hechos relativos a un presunto delito de fraude a la Seguridad Social y no de alzamiento de bienes como imputa la acusación particular o de alzamiento de bienes del que le acusa la Fiscalía. Por tanto, señalo que consideraba vulnerado el derecho a la defensa de Nicole M., al no ser informada por el auto de procedimiento abreviado que es investigada por los otros dos delitos.

La representante de la Fiscal, por otro lado, manifestó que las defensas no recurrieron a la resolución judicial que acordaba practicar las diligencias probatorias solicitadas por ella tras el auto de transformación de procedimiento abreviado. «Instar ahora la nulidad de las actuaciones es absolutamente extemporáneo» ya que detalló que esta solicitud también está sujeta a determinado plazo y han pasado cuatro años desde que pudieron hacerlo. 

La Fiscalía pide una condena de seis años de cárcel por presunto fraude a la Seguridad Social

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Para ella es «hacer un brindis al sol» requerir la anulación de estas pruebas, cuando nos e articulo recurso alguno en el momento procesal oportuno. También explicó que en su escrito de conclusiones sí que desgrana la deuda que mantienen las entidades Burmen S.L., Beach Concept S.L. y Nillbeach Concept S. L., por lo que no apreció la inconcreción que alegó al respecto la defensa de la pareja de empresarios.

«Burmen S.L. genera únicamente gastos, mientras que las demás entidades (Beach Concept S.L. y Nillbeach Concept S.L.) se están apropiando de todos los ingresos que factura la primera, es obvio que ese negocio jurídico se ha cometido en fraude de ley», recalcó Evangelina Ríos.

Antonio M. y Lenita B. eran socios y administradores solidarios de Burmen S.L. Una entidad con la que generaron, según la Fiscalía, «una importante deuda» con la Tesorería General de la Seguridad Social. Para eludir el pago, señaló Ríos en su escrito de acusación, crearon dos personas jurídicas denominadas Beach Concept S.L. y Nillbeach Concept S.L. cuya socia y administradora única era la hija de ambos, Nicole M. 

Ríos asegura que es «extemporáneo» instar ahora la anulación de esas actuaciones

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Las tres entidades tenían el mismo tipo de actividad económica: producción y comercialización de prendas de vestir. Según la representante del ministerio público, cuando la Seguridad Social reclamó a Burmen S.L. el pago de la deuda, «se puso en marcha Beach Concept S.L. y Nillbeach Concept S.L.» con las que «seguían prestando el mismo servicio, con los mismos medios materiales, a los mismos clientes y los mismos trabajadores».

La deuda con la Administración de las tres empresas asciende a 580.994 euros, con lo cual la Fiscalía requirió que los acusados indemnicen en esa cantidad a la TGSS, así como que se les condene a seis años de cárcel por un delito continuado contra la Seguridad Social en concurso ideal con uno de alzamiento de bienes. Además, de que se les imponga una multa de 2,3 millones de euros. Mientras la acusación particular, sumó un delito de insolvencia punible.

Finalmente, la Sala, cuyo presidente fue José Luis Goizueta, decidió -tras varios minutos de deliberación- que dilucidarían mediante un auto por separado las cuestiones previas solicitadas por las defensas, así como la validez o no de las pruebas practicadas desde 2018. Una vez resuelto esto, señalarán una nueva fecha para la vista oral contra los acusados.

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