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El Supremo ratifica la estafa en el caso de los supermercados Cerca y revisa a la baja dos condenas

El Alto Tribunal considera el atenuante de dilaciones indebidas en el proceso y rebaja la pena a los hermanos Hernández Pérez a 3 años y 6 meses de prisión, mientras mantiene la de Iván Hernández Perera

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El caso Jesuman llega a juicio siete años después LP/DLP

La Sala II del Tribunal Supremo ha revisado la condena que dictó la Audiencia Provincial de Las Palmas en junio de 2019 a los hermanos Hernández Pérez y a Iván Hernández Perera por el denominado caso Jesuman, que involucra la expansión de la empresa en Gran Canaria a través de los supermercados Cerca. El Alto Tribunal sentencia que los procesados son autores de un delito de estafa, aunque ha considerado las dilaciones indebidas en el procedimiento como circunstancia atenuante, rebajando las penas de dos de los tres condenados, en una sentencia que se ha dado a conocer este martes.

La Sala condena a los acusados Iván Jesús Hernández Perera, José Ignacio Hernández Pérez y Víctor Manuel Hernández Pérez como autores criminalmente responsables de un delito de estafa, previsto y penado en el artículo 250.1.6 (redacción del Código Penal en la fecha de los hechos), concurriendo la circunstancia atenuante simple de dilaciones indebidas, a la pena de tres años y seis meses de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de nueve meses, con una cuota diaria de treinta euros.

De esta manera, el Supremo ha estimado parcialmente el recurso de los acusados, así como de varias acusaciones particulares. En función de ello, realiza una nueva individualización de las condenas que impuso la Audiencia de Las Palmas, que fueron de tres años y medio de prisión para Hernández Perera, y de cuatro años de prisión para los otros dos. El motivo del cambio es que a estos dos últimos se les aplica ahora la atenuante de dilaciones indebidas. Y en cuanto a Hernández Perera, aunque también se le aplica dicho atenuante, se le deja sin efecto el de reparación del daño, por lo que su pena de prisión queda como estaba.

El Supremo mantiene en lo esencial el resto de los pronunciamientos de la sentencia recurrida, incluyendo las absoluciones por delito de falsedad, y la responsabilidad civil e intereses.

La Audiencia Provincial, en un auto aclaratorio que dictó meses después de la sentencia en contra de tres de los cuatro acusados por el caso, eximió de responsabilidad penal a la compañía Comercial Jesuman. Se le acusaba de estafa agravada y falsedad documental, pero el tribunal entendió que no era así.

La cadena de supermercados Cerca echó el cierre en 2008 sin saldar todas las deudas con sus acreedores, lo que dio origen al procedimiento penal que la Audiencia Provincial de Las Palmas sentenció a mediados de junio de 2019. 

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