El crimen de Cathaysa sacudió la Urbanización El Pilar de la ciudad en 1988. Jesús Agustín Hernández Renes, violador reincidente, raptó, agredió sexualmente y asesinó a la niña de 11 años. El juicio en su contra fue un acontecimiento, en el que la Policía requisó hasta tres navajas y un cuchillo entre los asistentes.

Un grito rabioso se elevó al unísono entre la población de la Urbanización El Pilar, en Las Palmas de Gran Canaria, entre 1988 y 1989. En el barrio se vivió uno de esos sucesos que marcan la vida de quienes lo tuvieron que ver en primera persona, hasta el punto que el dolor y la sed de venganza se apropiaron de las hasta ese momento apacibles vidas de los residentes. La diana: Jesús Agustín Hernández Renes, uno de los vecinos del lugar. El motivo: haber raptado, violado y asesinado a la niña Cathaysa Rosales Vera y, para tratar de esconder los crímenes, meterla en el interior de una vieja lavadora. Unos hechos por los que fue condenado a 46 años de prisión y a toda una vida de odio entre quienes convivieron con el condenado y la víctima. 

Ese enfado, casi histriónico, de los vecinos se pudo palpar con creces el día del juicio en contra del asesino confeso -compareció un día después de que la joven de 11 años desapareciera ante la Comisaría de Policía para contar lo que había hecho- en la Audiencia Provincial de Las Palmas. Aquel 4 de diciembre de 1989, los agentes, en los cacheos previos a la entrada en la sala donde se celebró el juicio, la Penal y Criminal, requisaron hasta tres navajas y un cuchillo de cocina de grandes dimensiones que trataron de introducir varios de los asistentes. Con burdas excusas -una de ellas llegó a decir, según el testimonio recogido por Diario de Las Palmas aquella jornada, que llevaba encima el artículo punzante porque había ido al cementerio a ponerle flores a un familiar-, intentaron dar a entender que la intención no era, realmente, agredir al acusado. 

Los momentos de tensión se sucedieron durante las alrededor de ocho horas que duró el juicio en el Palacio de la Justicia de San Agustín. Desde temprana hora, muchos de los vecinos de la familia de la víctima se arremolinaban a las puertas del recinto judicial, a la espera de que dieran las 10 de la mañana, momento en el que arrancaría la vista, que se retrasó más de una hora. Además, muchos de ellos, pese a que se habían levantado al alba para hacer sus quehaceres y poder presenciar el juicio, no pudieron hacerlo porque pronto la sala quedó abarrotada. Según las crónicas de esa jornada, muchas de estas personas gritaron, visiblemente enfadados, por los pasillos porque no se les permitió estar en el que iba a ser uno de los principales acontecimientos de la década por lo atroz del crimen en sí.

Los hechos se remontan a la mañana del día 7 de junio de 1988. La madre de Cathaysa manda a la menor a una carnicería cercana a su vivienda, en la Urbanización El Pilar, para que le compre unas cosas necesarias para el almuerzo. La joven llegó hasta el establecimiento y cumplió los recados de su madre, pero nunca regresó hasta el hogar familiar. Justo en la puerta del bloque, el vecino del 8B le dijo que subiera con él hasta su casa porque le iba a dar unos pulpos que había pescado. La niña accedió y, según los hechos probados por la sentencia de la Audiencia, que ratificó el Supremo dos años después, una vez en el interior, Hernández Renes la golpeó, dejándola semi inconsciente, y la llevó hasta su dormitorio. Allí, la tumbó sobre la cama, la desnudó y la violó, con penetración tanto vaginal como anal que quedó probada por el informe de los forenses. Tras ello, cogió un arma punzante y le asestó una puñalada a la altura del tórax, que provocó su muerte por hemorragia aguda. Para tratar de esconder lo sucedido en el inmueble, metió a la joven en el interior de una lavadora vieja, donde la encontraron los policías al día siguiente.

El hecho causó todavía mayor estupor en el vecindario porque la tarde del 7 de junio, el propio Hernández Renes participó en las batidas de búsqueda de la niña, codo con codo con la familia. Sin embargo, al día siguiente, y ante la presión policial -los agentes tenían claro que el secuestrador estaba en el mismo edificio de la víctima-, contó a sus allegados lo que había hecho y ellos le instaron a que se lo relatara al abogado familiar, que lo llevó ante la Comisaría para que confesara. 

Reincidente

En el juicio de diciembre de 1989, Hernández Renes señaló que no recordaba haber violado o amenazado a la niña y que se preguntaba cómo pasó. «Semejante barbaridad no cabe en mente humana», llegó a afirmar a las preguntas del fiscal del caso, José Vicente Reig, quien solicitaba la pena de 46 años de prisión:19 por un delito de rapto como medio para cometer uno de violación y 27 más por otro delito de asesinato. Así lo entendió también el tribunal, presidido por Antonio Castro Feliciano, que en la sentencia consideró todas las pretensiones del Ministerio Público. El fallo, cuyo ponente fue el magistrado Modesto Blanco Fernández del Viso, no incluyó, en cambio, el agravante de ensañamiento que pedía la acusación particular, pero sí el atenuante de arrepentimiento espontáneo. 

Hernández Renes no era un desconocido para la justicia. Ya en 1981, estuvo a punto de ir a juicio por cometer abusos deshonestos violentos con otra menor de apenas seis años de edad, pero la familia de la víctima decidió retirar la denuncia antes de que se produjera la vista. Tras cumplir únicamente 16 de los años de condena impuestos por la Audiencia Provincial de Las Palmas, en 2004 reincidió. Violó a otra menor de 10 años en la localidad madrileña en la que vivía tras salir de la cárcel, motivo por el cual le condenaron a otros 14 años de reclusión. «Soy un peligro público en la calle», llegó a decirle al tribunal.