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El jurado declara culpable al cocinero acusado de asesinar a su jefe en Lanzarote

El tribunal popular entiende que existe un atenuante por trastorno mental de carácter leve | No encuentra que haya habido ensañamiento, como solicitaba la familia

El acusado, Federico Antonio E. M., junto a su abogada, Sara Martínez, durante la lectura del veredicto del jurado ayer.

El acusado, Federico Antonio E. M., junto a su abogada, Sara Martínez, durante la lectura del veredicto del jurado ayer. / Elvira Urquijo (EFE)

El tribunal del jurado declaró este viernes culpable al hombre acusado de asesinar a su jefe en la localidad turística de Puerto del Carmen, en Lanzarote, el 1 de agosto de 2019. Según el veredicto, el procesado causó intencionadamente la muerte a su superior, que no pudo defenderse del ataque debido a lo sorpresivo e inesperado del mismo. También estimó la atenuante del trastorno mental de carácter leve que padecía el agresor en el momento de los hechos.

Tras una semana de juicio, y después de una deliberación que se demoró más de 24 horas, el jurado terminó declarando la culpabilidad de Federico Antonio E. M. por haber causado intencionadamente la muerte de su jefe y por ejecutar su acción letal sin que este pudiera defenderse, primero por lo inesperado de la primera cuchillada que recibió en el cuello, y después porque ya se encontraba en estado agónico cuando le practicó la segunda de las puñaladas a modo de degüello.

Lo que no estimó el tribunal popular fue que el acusado se haya ensañado con la víctima, con el deseo de aumentar y prolongar su dolor y causándole un sufrimiento que no pudo soportar, tal y como interesaba la acusación particular ejercida por la familia del difunto y defendida por el abogado José Luis Sáez.

Tercera sesión del juicio en la Audiencia Provincial de Las Palmas al cocinero que degolló a su jefe en un restaurante de Puerto del Carmen

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Tras conocerse el veredicto del jurado, el magistrado-presidente del tribunal, Pedro Herrera, dio a las partes la posibilidad de adaptar sus calificaciones en base a los hechos delictivos por los que el acusado fue declarado culpable. El fiscal Javier Jiménez se ratificó en su escrito de conclusiones finales, al entender que la decisión popular "casa completamente con todos y cada uno de los puntos que habíamos interesado". De esta manera, solicita que se imponga una pena de 19 años y medio de cárcel y una indemnización a la viuda y sus hijos de 100.000 euros por los perjuicios ocasionados.

Posible recurso de la defensa

Por su parte, la acusación particular, después de que el jurado no considerada probado que Federico Antonio E. M. actuara con ensañamiento sobre la víctima, se terminó adhiriendo a la petición de condena del Ministerio fiscal.

El abogado de la acusación particular, José Luis Sáez, durante la primera sesión del juicio

El abogado de la acusación particular, José Luis Sáez, durante la primera sesión del juicio / Juan Carlos Castro

La defensa, en cambio, no se mostró conforme con el veredicto del culpable y mantuvo su calificación jurídica, de tal manera que solicita una pena de cinco años de cárcel por un homicidio con la eximente incompleta de enajenación mental transitoria. A su vez, la abogada Sara Martínez anunció su intención de recurrir la sentencia en el momento en que se dicte.

No probado que existiera mala relación

El jurado decidió que no quedó suficientemente probado durante la celebración esta semana del juicio en la Audiencia Provincial de Las Palmas que el acusado y la víctima mantuvieran una mala relación en el puesto de trabajo. El tribunal popular no estima que el jefe humillara o reprendiera continuamente al agresor, y tampoco que no respetara el vínculo contractual que les unía, haciéndole trabajar más horas o los festivos sin retribuirle, así como que le hiciera llegar las comandas en árabe. En ese sentido, no consideran que haya quedado acreditado que el ambiente en el restaurante fuera cada vez más tenso y las discusiones más frecuentes, ni que todo ello le provocara a Federico Antonio E. M. "un profundo y constante malestar" que le hizo perder hasta 20 kilos de peso.

El fiscal Javier Jiménez durante su interrogatorio al acusado, en la sesión de este lunes.

El fiscal Javier Jiménez durante su interrogatorio al acusado, en la sesión de este lunes. / Juan Carlos Castro

Igualmente, consideró no probado, en base a las conclusiones de los informes médicos practicados al acusado, que este sufriera en el momento de los hechos un trastorno límite de la personalidad, otro adaptativo con síntomas emocionales en respuesta a un factor de estrés, unido todo ello a un síndrome ansioso-depresivo y una amnesia disociativa, tal y como trató de explicar durante su testimonio Federico Antonio E. M. en la primera jornada del juicio. Y que ello le afectara "notablemente" en sus capacidades de juicio y voluntad.

En cambio, sí creyeron que esa alteración psíquica por el trastorno límite de personalidad y el síndrome ansioso-depresivo tenía una afectación leve a su comprensión.

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