Sucedió en los tribunales: La granja del terror que consternó a Telde

José Manuel Brito fue condenado por violar a dos mujeres a las que luego asesinó, quemando sus cuerpos y echando los restos a los cerdos en su finca de Hoya Niebla

José Manuel Brito, el asesino de la granja de cerdos en Telde, camino de los juzgados en 1991

José Manuel Brito, el asesino de la granja de cerdos en Telde, camino de los juzgados en 1991 / LP/DLP

Hoya Niebla fue el epicentro de la actualidad durante la primera mitad de la década de los 90 del siglo pasado. Este reducto cercano a la Sima de Jinámar, en Telde, fue el escenario de hechos macabros que conmocionaron a toda la sociedad canaria. José Manuel Brito -compinchado con un empleado y colega suyo, Rafael Ramírez- cometió dos homicidios contra una prostituta y la suegra de este amigo después de haberlas violado. Para deshacerse de los cadáveres, los habría quemado y, tras descuartizarlos, los restos sirvieron como alimento para los cerdos de su granja en la citada localidad, tal y como afirmó la sentencia en su contra, en una causa que llegó hasta el Tribunal Supremo.

La investigación se inició en torno a 1990, cuando Rafael Ramírez, que se encontraba preso por otros delitos, dijo en el transcurso de un interrogatorio que Brito era autor de varios asesinatos en su finca teldense. Él mismo se autoinculpó en algunos de estos hechos. Ello dio pie a una compleja y larga instrucción llevada a cabo por el Juzgado de Instrucción número 2 de Telde, que terminó emitiendo auto de procesamiento por lo sucedido en Hoya Niebla en febrero de 1992. El juicio en su contra no se celebraría hasta abril de 1995 en la Sección II de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Y llegaría hasta el Supremo, que revisaría a la baja las condenas en 1997, que volverían a reducirse con un segundo análisis del tribunal de primera instancia. Al final, se impuso una condena de poco más de 30 años de cárcel, muy alejados de los 71 que se impusieron en el primer fallo.

Antes de ello, ambos ya habían sido condenados, por la misma Sección de la Audiencia Provincial, a seis años y un día de cárcel por el rapto de una prostituta en julio de 1991, delito que modificaría el Supremo al entender que se produjo uno de detención ilegal, imponiendo, eso sí, la misma pena.

Un relato atroz

Los hechos sucedieron entre 1986 y 1987. Según el relato de la sentencia, en agosto de 1986, Brito y Ramírez se pusieron en contacto con una prostituta en el barrio capitalino de Guanarteme. Tras hablar unos minutos, se subieron a una furgoneta propiedad del primero y se dirigieron por la carretera de Bañaderos hacia una zona costera alejada, donde Brito trató de mantener relaciones sexuales con la joven. Al negarse y mostrar su deseo de marcharse, la obligó a introducirse en la parte trasera del vehículo, ordenando a su acompañante que le diera un golpe en la cabeza con una botella de cerveza. Tras dejarla semi inconsciente, se trasladaron hasta la finca en Hoya Niebla, la introdujeron en una caseta y, tras despojarla violentamente de sus ropas, la penetró pese a su oposición y luego convino a Ramírez a que hiciera lo propio. Finalmente, cogió una barra de hierro y se la clavó tres veces en el pecho, provocándole la muerte, y para esconder el crimen, prendieron fuego al cadáver sobre un colchón y echaron los restos calcinados a los cerdos para que se los comieran.

Según su declaración, la abogada "salió llorando y horrorizada" tras oír el relato de los hechos en la comisaría

En octubre de 1987, Brito, esta vez en solitario, mantuvo relaciones sexuales con otra mujer, suegra de Ramírez, sin su consentimiento en la misma granja teldense. Para los tribunales, primero la Audiencia Provincial y luego el Tribunal Supremo, quedó probado que a esta segunda víctima, el condenado también la asesinó para luego quemar su cadáver y volver a echar los restos a los cerdos, si bien nunca se hallaron huesos ni ADN humano en las pocilgas, pese a los numerosos análisis que hicieron los investigadores en el lugar.

Durante la vista celebrada en el Palacio de la Justicia de San Agustín en 1995, en relación con los terribles crímenes en la granja porcina, tanto Brito como Ramírez negaron los hechos por los que se les acusaba. El segundo de ellos se desdijo de lo que relató en dependencias policiales aquella lejana jornada de 1990, aduciendo que se encontraba bajo los efectos de las drogas, puesto que era un consumidor habitual de heroína. Sin embargo, los policías que testificaron señalaron con absoluta seguridad que Ramírez contó "con pelos y señales" y "sin presión alguna" lo que había sucedido en aquellos años, lo que a la postre fue uno de los principales estandartes que sostuvieron la condena del tribunal.

"El buen trabajo de los criminales borrando las pruebas no puede hacer impunes sus delitos", concluyó el fiscal

De hecho, los agentes de la ley aseguraron que la declaración del acusado se había producido bajo los estándares constitucionales y que contó con la presencia de una abogada de oficio en todo momento. Según su testimonio, esta letrada "salió de comisaría llorando y horrorizada por el relato que había escuchado". La profesional constituyó también una de las pruebas testificales más contundentes.

Fiscalía pidió 86 años de prisión

Hasta 86 años de prisión pidió para José Manuel Brito la Fiscalía durante el juicio, al entender que había cometido un delito de asesinato, dos de homicidio, dos de violación, tres de inhumación ilegal y otro de detención ilegal. Por su parte, las defensas solicitaron fallos absolutorios para sus clientes con todos los pronunciamientos favorables, al entender que no había prueba suficiente para inculparles, más allá de las declaraciones en sede policial de uno de ellos.

Sobre este punto, el Ministerio público, en su informe final, manifestó que les resultó imposible encontrar pruebas materiales por la "eficacia delictiva" de los condenados, que borraron el rastro de cualquier pista que les pudiera inculpar hasta el punto de incinerar los cadáveres. "Sin embargo, el buen trabajo de los criminales no puede hacer impunes sus delitos", concluyó el fiscal en su informe final durante el juicio.