Las Palmas de Gran Canaria

El tribunal absuelve al acusado de abusar de la hija de su pareja en Las Palmas de Gran Canaria

La Audiencia entiende que existen dudas sobre los cargos de pornografía infantil ya que esta persona, no solo borró la imagen íntima que le envió la menor, sino que tampoco la pidió

El acusado durante el juicio celebrado en su contra a principios de mayo.

El acusado durante el juicio celebrado en su contra a principios de mayo. / LP/DLP

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al hombre que fue acusado de abusar de la hija, menor de edad, de su pareja sentimental -cargos que retiró la Fiscalía durante la vista oral después de que la menor lo negara- y de pornografía infantil. El tribunal entiende que, respecto de este segundo delito, existen "evidentes dudas", por lo que, ante esta situación de incertidumbre, "solo existe un destino, la absolución". El Ministerio Público solicitaba una pena de seis años de prisión por estos hechos, que sucedieron en Las Palmas de Gran Canaria en febrero de 2020, así como una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la adolescente.

Según el fallo, cuyo ponente fue el magistrado Carlos Vielba, los interrogantes abiertos sobre los hechos que se denunciaron en un principio y lo que se contó el día del juicio, el pasado 5 de mayo, hacen que no exista "indicio objetivo alguno" que permita dar una mayor veracidad a la versión durante la instrucción que a la de la vista oral. De esta manera, absuelve al acusado de los dos delitos, tal y como solicitaba la defensa del acusado, encarnada en el abogado Víctor Mayor.

El abogado Víctor Mayor, en su despacho.

El abogado Víctor Mayor, en su despacho. / LP/DLP

El tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia resalta que el hombre no retuvo la imagen de tipo íntimo que le envió la menor a través de WhatsApp. Y, de hecho, durante el plenario la joven aseguró que le envió la fotografía por error, versión que "avalan" dos cuestiones. Por un lado, el hecho de que haya sido borrada del terminal del acusado. Por el otro, que, como obra en autos, en el teléfono de la chica había una segunda instantánea que no consta que haya sido remitida al procesado, "por lo que bien pudo ser enviada a una tercera persona", tal y como explicó en el juicio, cuando apuntó que se la iba a enviar a su pareja.

Repugnantes, pero no delictivos

En la conversación por mensajería instantánea, el acusado le envió mensajes a la menor en los que le decía que la amaba o que tenía "muchas ganas de hacerte el amor" o incluso que estaba "cachondo". Comentarios que, "por más repugnantes que se puedan considerar cuando la destinataria es una menor de edad, no integran el tipo de la pornografía objeto de acusación", tal y como asegura la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico.

El acusado declara ante el tribunal en el juicio celebrado este viernes en la Audiencia Provincial de Las Palmas

El acusado declara ante el tribunal en el juicio celebrado este viernes en la Audiencia Provincial de Las Palmas / LP/DLP

"Ni estamos llamados a la censura moral, ni estamos llamados a la reprimenda social, sino que esta Sala está destinada, como no puede ser de otra manera, a la aplicación de la norma sin otro tipo de consideración ajena al Derecho", continúa el fallo. Además, también destaca que no consta que el hombre haya solicitado a la adolescente que le enviara fotografías con contenido sexual.

Presionada

Durante la vista, la joven declaró ante el tribunal que se había sentido "presionada" para denunciar a la que fuera pareja de su madre después de negar que tuviera una relación con él. Según su testimonio, fueron las trabajadoras del hogar social en el que se encuentra interna las que le incitaron a llevar el asunto a la Policía. "Me siento culpable por haberlo dicho, no sé por qué mentí", lamentó la joven, quien antes había asegurado que las conversaciones que mantuvieron fueron "conscientes".

En su informe final, el fiscal José Antonio Díez retiró los cargos por abuso sexual, después de que la joven negara que se hubieran producido tocamientos por parte del acusado y ante la falta de otras pruebas que ratificaran la acusación. No así el de pornografía infantil, que mantuvo. Díez llegó a afirmar que la joven se había visto "influenciada" para cambiar su versión en el plenario debido a la situación de "turbulencia psicológica" por la que atraviesa, y en la que vio como única salida el admitir que se lo había inventado todo. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el TSJC.