Absuelto un hombre acusado de abusar de las dos hijas de su pareja en Lanzarote

Un juzgado de Arrecife le impuso una pena de 24 años de prisión | El Tribunal Superior de Justicia de Canarias aprecia errores en la valoración de la prueba y la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

Palacio de Justicia de Arrecife.

Palacio de Justicia de Arrecife. / C. P. L.

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado la sentencia del Juzgado de Instrucción nº3 de Arrecife (Lanzarote) que impuso el pasado 27 de noviembre de 2022 un total de 24 años de prisión a un hombre por dos delitos continuados de abuso sexual sobre menores de 16 años a las dos hijas de su pareja --12 años por cada uno de los delitos--.

De esta manera, se ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el varón, dejando sin efecto la condena impuesta y absolviéndole de los delitos de los que venía siendo acusado.

Según explica el fallo, en los fundamentos de derecho se señala que el recurso, amparado en el art. 790.2 LECrim, se fundó en el "error en la valoración de la prueba y subsiguiente vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del art.24.1 CE", solicitándose la revocación de la sentencia de primera instancia y la absolución del condenado.

Afecta a la presunción de inocencia

En concreto, "se denunció incoherencia, irracionalidad o arbitrariedad en la valoración de la prueba con vulneración del art.24.1 CE, al afectar al derecho del justiciable a obtener una sentencia que colme las exigencias de motivación propias de la efectiva tutela que han de impartir los órganos jurisdiccionales; e igualmente afecta al derecho a la presunción de inocencia del artículo 24.1 CE, que exige que la condena impuesta se sostenga en prueba de cargo suficiente para enervar este derecho".

"Lo que resulta incompatible --continuó-- cuando las pruebas en las que se basa la resolución judicial decaen por no haber sido valoradas conforme a parámetros racionales y a las máximas de la experiencia".

Además, los fundamentos de derecho apuntan a que el Ministerio Fiscal, que no llegó a formular acusación y en el juicio solicitó la absolución, interesó la estimación del recurso y la consiguiente revocación de la sentencia de la Audiencia.

El fiscal, con la defensa

Asimismo, el fiscal, en su escrito, en el que comparte el motivo aducido por la defensa, transcribe el resultado de las pruebas practicadas sin apenas desarrollo argumental; mientras que la acusación particular se opuso al recurso y defendió que se mantuviera la sentencia.

La misma, ahora revocada, expuso como probado que el hombre mantuvo una relación de pareja con la madre de las menores, acudiendo de forma asidua a la vivienda en la que vivía la mujer la niñas y que habría aprovechado momentos en los que la madre no estaba para abusar de las menores durante un periodo de unos siete años.