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Tribunales

La Justicia condena a Emalsa por cobrar sobrecostes a un vecino de Santa Brígida

La empresa cortó el suministro al malinterpretar una sentencia que le obligaba a devolver al demandante lo que pagó durante años por pérdidas de agua en su urbanización

Benyara Machinea

Benyara Machinea

Las Palmas de Gran Canaria

La Justicia ha condenado a Emalsa a devolver a un vecino de Cuesta de La Grama, en Santa Brígida, los sobrecostes que pagó durante 12 años por pérdidas de agua en su urbanización. La empresa le cobraba un prorrateo mensual en base a un acuerdo con el presidente de la Comunidad de Propietarios que afecta a 37 vecinos, pese a que el demandante no formaba parte del grupo ni suscribió las condiciones pactadas. La sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas declaró nulo el contrato y matizó que la decisión no afectaba a su contador individual, pero la mercantil malinterpretó la resolución judicial y cortó el suministro de agua de su vivienda. Esta decisión ha mantenido el pleito vigente durante 13 años, con sucesivas demandas y recursos que han llegado hasta el Tribunal Supremo.

La situación comenzó cuando el demandante se encontró pagando hasta 150 euros adicionales cada mes por un prorrateo que a día de hoy siguen abonando los otros residentes de la urbanización. Al preguntar a la empresa a qué se refería ese concepto que triplicaba sus gastos mensuales, la respuesta fue que los vecinos se estaban haciendo cargo de las diferencias de consumo que existen entre un contador patrón y la suma de consumos de los contadores individuales. El afectado decidió entonces presentar una demanda, que fue rechazada por el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Las Palmas de Gran Canaria

El recurso, sin embargo, prosperó en la Audiencia Provincial, que recuerda que el contrato fue suscrito el cuatro de mayo de 2001 entre la mercantil y un vecino que se identificó como presidente de la Comunidad de Propietarios de la urbanización. Este acuerdo contemplaba la colocación de un contador patrón o matriz en la tubería general de entrada, "de cuya póliza de abono será titular la Asociación de Vecinos Grama", según recoge la resolución. 

El origen del pleito es un acuerdo por el que 37 casas abonan las pérdidas de agua del contador común

"Al no ser el demandante ni copropietario de aquellos elementos de suministro (depósito y canalización) que abastecen a su contador individual ni tampoco miembro de la asociación codemandada, es obvio que el contrato que esgrime la suministradora para efectuar el recargo por prorrateo no puede en modo alguno afectarle", establece la sentencia, fechada el 12 de noviembre de 2018. En base a lo expuesto, el tribunal considera que la suministradora debe devolver los importes cobrados por los recargos.

La Audiencia Provincial también aclaró que el contrato que vincula al demandante con la empresa y que se refiere a su contador individual "ha de ser cumplido por ambas partes" y "no queda en modo alguno afectado por esta resolución". A pesar de eso, Emalsa decidió cortar el suministro de agua del que venía disfrutando el demandante en su vivienda desde hacía más de 20 años y tapó con cemento la llave a pie de calle, por lo que el afectado presentó una nueva denuncia por un presunto delito de coacciones

Restablecer el suministro

El Juzgado de Instrucción número 4 instó a la entidad a restablecer el suministro de agua en la vivienda en las condiciones que fueron pactadas en su día, en un auto fechado a 20 de enero de 2020. El Juzgado de Instrucción número 8 tuvo que emitir un nuevo auto en abril de 2021 por el que volvía a obligar a Emalsa y a la comunidad contratante del suministro de agua a que, de forma inmediata y urgente y con un plazo máximo de un día, procediera a restaurar el suministro. 

A pesar de dichos apercibimientos, la causa por el supuesto delito de coacciones fue finalmente desestimada en el mes julio. El magistrado Florencio Barrera Espinel, titular del Juzgado de Instrucción número 4, determinó que si bien se desprende que el denunciante "era titular de una póliza de suministro de agua en su vivienda desde el año 1997 y, por tanto, con bastante anterioridad al contrato de suministro general", lo cierto "es que a fecha de hoy se desconocen por completo las características, condiciones y cláusulas de dicha póliza, pues ni el denunciante ni la denunciada han sido capaces de localizarla y aportarla a esta causa". 

La causa ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que instó a la entidad a restaurar el abastecimiento

El magistrado establece que la anulación judicial del contrato entre la comunidad de propietarios y Emalsa "generó una situación en virtud de la cual el denunciante seguía recibiendo agua en su vivienda a través de unas conducciones o instalaciones de carácter privado y, si bien abonaba el precio del suministro de agua recibido en su vivienda, se exoneraba de costear el importe de las pérdidas de agua por roturas, filtraciones u otras incidencias". 

Concluye, en definitiva, que la "actuación de los denunciados no se basaba en una interpretación absurda, infundada, caprichosa o irracional" de la sentencia, "ni estaba guiada por el ánimo espurio característico del delito de coacciones". 

Sentencia firme

Una nueva resolución de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, emitida el tres de octubre de 2022, dio otra vuelta de tuerca al procedimiento. El tribunal condenó a Emalsa a restablecer el suministro de agua en su domicilio particular y, en su defecto, a realizar las gestiones y trabajos que sean necesarios para su restablecimiento, corriendo los gastos a cuenta de la empresa demandada. Puesto que el contrato individual no ha sido anulado, establece el derecho del vecino a que Emalsa le restaure el suministro y le vuelva a facturar. 

Emalsa recurrió hasta el Tribunal Supremo, que desestimó revisar la sentencia por "carencia manifiesta de fundamento", ya que la Audiencia Provincial se había pronunciado y había establecido que el contrato sigue vigente en las mismas circunstancias. Es el último capítulo de un extenso pleito con pronunciamientos dispares y que gira en torno a un contrato que sigue vigente para 36 vecinos

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