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Tribunales

28 años de cárcel para el trabajador de Juan Betancor por el asesinato de su jefe

La Audiencia Provincial de Las Palmas condena a Antonio P. G., por rociarle con gasolina, quemarle y encerrarle en un aljibe

Antonio P. G., de espaldas, en el juicio.

Antonio P. G., de espaldas, en el juicio. / José Carlos Guerra

Benyara Machinea

Benyara Machinea

Las Palmas de Gran Canaria

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a 28 años de cárcel a Antonio P. G. por el asesinato del abogado Juan Betancor el 29 de mayo de 2022. La sentencia determina que el extrabajador de la finca familiar de Santa Brígida roció con gasolina a su jefe y le provocó graves quemaduras en casi todo el cuerpo que le causarían la muerte 48 horas más tarde. Cuando la víctima reaccionó y se metió a un aljibe cercano para apagar las llamas, continúa la resolución judicial, el acusado cerró la tapa y la bloqueó con un horno viejo y con la puerta de un coche para asegurar su muerte. 

El veredicto del Jurado Popular, de cuyos hechos probados se hace eco la sentencia, determina que la mujer del abogado escuchó los gritos de auxilio de su marido desde la vivienda familiar y salió corriendo para ayudarle. Sin embargo, se cruzó de frente con el acusado, que sostenía un cuchillo de grandes dimensiones y trató de asustarla agarrándola del cuello. En medio del forcejeo, le exigió que le diese el teléfono móvil "o si no la mataría" y la condujo hasta el salón de la vivienda principal para dejarla encerrada. Ella logró escapar por una ventana, superar el vallado de la propiedad y salir corriendo a pedir ayuda. 

Los vecinos la atendieron y llamaron a la policía para que acudiera a rescatar al abogado. Betancor fue encontrado con vida dentro del aljibe por los agentes de la Policía Local de Santa Brígida y fue evacuado de urgencia al Hospital Doctor Negrín, pero debido a su estado de quemado crítico, con el 86% del cuerpo afectado, fue trasladado al día siguiente al Hospital Universitario La Paz de Madrid. Las graves heridas le causaron la muerte a las 12.50 horas del 31 de mayo por fracaso visceral multiorgánico.

La sentencia indica que el abogado no pudo defenderse porque le atacaron de forma repentina

La sentencia incide en que Antonio P. G. arrojó, de forma rápida y por sorpresa la mezcla de gasolina y gasoil a Betancor, impidiendo que este pudiera defenderse. La decisión de cubrir la tapa del aljibe la tomó, según el fallo judicial, para "asegurar su muerte" y "aumentar todavía más su sufrimiento y agonía". Dos agentes de la Policía Local localizaron al acusado en la carretera de acceso del Gamonal y, cuando se acercaron, dijo que iba a entregarse al cuartelillo y que "hice lo que tenía que hacer, yo lo hice, no voy a decir nada más". 

La magistrada-presidenta, Eugenia Cabello Díaz, determina que en este caso no concurre ninguna atenuante de drogadicción o embriaguez al no considerar probado que el acusado tuviese disminuidas sus capacidades de comprender y de actuar por el previo consumo de vino, cocaína y cannabis, como sostenía la defensa. Los informes periciales detectaron que no consumió cocaína, sino un analgésico (naproxeno) y cannabis en los 15 días anteriores a la toma de la muestra, sin hallarse otras sustancias psicoactivas. El análisis de orina, además, indicó una presencia inferior a 0,10 gramos de alcohol por litro de orina. 

Rechazadas las circunstancias atenuantes

La sentencia también rechaza que se den los supuestos para apreciar la atenuante de confesión, ni siquiera analógica. Por una parte, en el juicio oral negó todos los cargos que se le imputaban por el secuestro de la mujer del fallecido. Por otro lado, la magistrada entiende que tampoco se aplica la confesión en el delito del asesinato porque en ninguna de las fases del procedimiento ha reconocido por completo los hechos de los que se le acusa. 

"El acusado ha tratado de difuminar las acciones realizadas, variando su relato en sus distintas declaraciones y en la propia diligencia de reconstrucción de los hechos (en la que llegó a ofrecer dos versiones), en especial, en relación a las circunstancias concurrentes cuando prendió fuego a don Agustín, intentando minimizar la entidad de sus acciones y, por ende, las consecuencias jurídicas de sus actos, hasta el punto de presentarlos como de si un accidente se hubiere tratado", apunta la resolución judicial. 

Deberá pagar 100.000 euros de indemnización a la viuda de la víctima

La magistrada se apoya en las declaraciones de los peritos que examinaron a la víctima para rechazar el planteamiento de la defensa de que el paciente pudo haberse salvado si no se hubiese producido una demora de dos o tres horas hasta atenderle. El personal médico indicó que la demora "no es importante en el resultado", sino que "es la extensión de las quemaduras en la superficie corporal lo que da lugar a la pérdida de suero". 

Se impone al acusado la prohibición de acercarse a la viuda y una indemnización a pagar de 100.000 euros por los daños morales ocasionados. Frente a esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). 

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