Condenado un policía local por humillar a un migrante en Canarias
La Audiencia Provincial condena a un agente por abuso de autoridad. La sentencia incluye prisión, multa y prohibición de acercarse al joven a quien insultó y amenazó

Audiencia de Santa Cruz de Tenerife / LA PROVINCIA
La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha dictado una condena de seis meses de prisión, dos años de inhabilitación y una multa de 2.000 euros a un policía local de Santa Úrsula por un delito contra la integridad moral. La víctima, un joven migrante africano dedicado a la venta ambulante, fue insultado, amenazado y humillado por el agente fuera de servicio.
El tribunal también ha ordenado que el condenado permanezca alejado al menos 200 metros del joven durante un año y medio, además de pagar una multa adicional de 186 euros por los daños causados al teléfono móvil de la víctima y abonar 69 euros por su reparación.
Los hechos: insultos y amenazas en público
Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 7 de junio de 2019, cuando el agente, fuera de servicio, se encontraba en un bar de Santa Úrsula. El vendedor ambulante, a quien conocía desde hacía años, se acercó para ofrecerle sus productos. Molesto por la insistencia del joven, el policía lo insultó utilizando expresiones denigrantes, como “negro de mierda”, y amenazó con confiscarle la mercancía y multarlo.
En un momento del enfrentamiento, el joven sacó su móvil, que el policía arrebató y arrojó contra la barra del bar con intención de romperlo. Además, lo agarró por los genitales mientras lo intimidaba para que revelara información sobre el origen de su mercancía.
Impacto en la víctima y testigos del caso
Durante el juicio, el joven expresó haberse sentido “humillado, impotente e intimidado”, especialmente por tratarse de un agente de la autoridad. Testigos confirmaron los insultos y agresiones, aunque la defensa argumentó que el vendedor había sido demasiado insistente. El tribunal concluyó que, aunque el policía no estaba de servicio, abusó de su posición al requerir la documentación de la víctima y amenazar con sanciones y expulsión.
El fallo descarta un delito de odio, pero subraya que el trato fue particularmente humillante, agravado por haberse producido en público y frente a testigos. La víctima, profundamente afectada, llegó a desmayarse durante el juicio y tuvo que ser trasladada al hospital.
El tribunal ha considerado las dilaciones indebidas como atenuante, pero ha dictaminado que el agente cometió un grave abuso de poder. La sentencia incluye la prohibición de ejercer como policía durante dos años, una multa y el alejamiento obligatorio de la víctima.
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