Tribunales

Cuatro años y medio de cárcel por reventar más de 200 coches en el norte de Gran Canaria

El penado se colaba en los garajes de bloques residenciales de Guía y Gáldar y arremetía contra los vehículos aparcados para robar dinero y pertenencias

El penado Armiche V. R. durante el juicio celebrado en diciembre en el Juzgado de lo Penal número 6.

El penado Armiche V. R. durante el juicio celebrado en diciembre en el Juzgado de lo Penal número 6. / B. M.

Benyara Machinea

Benyara Machinea

El Juzgado de lo Penal número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a cuatro años y ocho meses de cárcel al hombre que reventó más de 200 coches en garajes de Guía y Gáldar entre mayo y julio de 2022. Armiche V. R. se colaba en los aparcamientos de edificios residenciales a altas horas de la madrugada para forzar las ventanas y las puertas de los vehículos con el objetivo de robar dinero y otros objetos de valor. La sentencia le aplica una atenuante de drogadicción porque cometió los actos con el objetivo de conseguir efectivo para comprar sustancias estupefacientes.

El penado deberá abonar 6.753 euros de indemnización a los dueños de los coches dañados que no tenían contratado un seguro o que guardaban en su interior pertenencias de valor. Entre los afectados había taxistas, personal de autoescuela y empresarios que guardaban en el vehículo una parte de sus ganancias, por lo que el ladrón logró hacerse con botes de hasta 1.400 euros. A su vez, tendrá que pagar un total de 10.757 euros a las aseguradoras Mapfre, Axa, Caser, MGS, Catalana Occidente y Plus Ultra por las reparaciones de las que se hicieron cargo.

Armiche V. R. deberá cumplir cuatro años y dos meses de prisión por el delito continuado de robo con fuerza en casa habitada. También se le condena a otros seis meses y 30 días de cárcel como autor de dos delitos contra la seguridad vial, después de que se le viera en las cámaras de seguridad de dos inmuebles conduciendo coches robados a pesar de no haberse sacado el carnet de conducir.

Deberá pagar 6.753 euros de indemnización a los vecinos que no tenían seguro o que perdieron pertenencias

La magistrada Natalia Suárez Acosta señala que el encausado no confesó los hechos "en ningún momento". Pese a que en el acto del juicio reveló en un principio que entró en los garajes de los aparcamientos entre mayo y julio de 2022, después no fue capaz de recordar si había fracturado los cristales y sustraído objetos o cuáles eran los edificios en los que se había colado. Atribuyó su falta de memoria a que había consumido drogas.

"La identificación del autor de los hechos se produjo por la investigación policial, visionando las cámaras de seguridad de los garajes de los edificios donde los había, y a las testificales, sin que el encausado haya intervenido o colaborado en ningún momento. No ha contribuido para el esclarecimiento en ningún momento ni facilitado ninguna información", enfatiza la resolución judicial.

El fallo apunta a que las pruebas practicadas en la vista oral son suficientes en conjunto para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia. En concreto, se aportaron las diligencias policiales para identificar al autor, las denuncias de los múltiples perjudicados, las inspecciones oculares de los vehículos y los garajes, el visionado de las cámaras de seguridad, el cotejo de un tatuaje y los efectos que portaba cuando fue detenido, como el collar de dos mitades con los nombres de "madre" e "hijo" que se sustrajo de uno de los coches aparcados. Había una gran cantidad de testigos, algunos de los cuales llegaron a ver al encausado y lo identificaron.

Rompía los cristales delanteros, apalancaba las puertas y utilizaba guantes para no dejar huellas dactilares

El modo que tenía de acceder al interior de los vehículos consistía en fracturar los cristales delanteros o apalancar las puertas para apoderarse de bienes ajenos, empleando guantes para no dejar ninguna huella que pudiera identificarle. "La certeza de la participación de los hechos por el encausado, de su autoría, se llega por las cámaras de videovigilancia", indica la magistrada. El acusado se reconoció en las imágenes, en las que se le observa merodeando por los garajes, pegándose a los vehículos e introduciéndose en los mismos.

La sentencia rechaza aplicar la atenuante de reparación del daño interesada por la defensa porque Armiche V. R. pagó las cantidades de 965,69 y 663,99 euros pese a que la responsabilidad civil asciende a 17.510. El fallo señala que "la cantidad abonada se considera irrelevante y manifiestamente insuficiente para estimar la atenuante, aun cuando sea una reparación parcial" y que, aunque consta en auto la falta de solvencia del encausado, no es razón para apreciar esta circunstancia.

La sentencia es susceptible de recurso de apelación a resolverse por la Audiencia Provincial de Las Palmas.

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