La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El TSJC avala la condena a 10 guardias civiles por los sobornos del aeropuerto

Los agentes aceptaban dinero o mercancía de pasajeros africanos a cambio de no verificar sus divisas

El TSJC avala la condena a 10 guardias civiles por los sobornos del aeropuerto

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Las Palmas que condena a diez guardias civiles por extorsionar en el aeropuerto de Gran Canaria a pasajeros procedentes de África.

La resolución judicial, que lleva fecha del pasado mes de julio, aboca a la expulsión de los agentes del cuerpo estatal de seguridad, pues conlleva la inhabilitación y graves penas de cárcel, sobre todo para los cabecillas de esta trama de sobornos en la aduana del aeropuerto, unas corruptelas internas que causaron sorpresa en la Comandancia de Las Palmas.

Los acusados fueron grabados en la oficina de aduanas por sus propios compañeros de asuntos internos, los cuales colocaron videocámaras por orden del Juzgado de Instrucción número 1 de Telde, todo ello tras la denuncia de un ciudadano saharaui al que exigieron dinero al llegar a la Isla.

La evidencia de las imágenes, con agentes que se meten billetes en el bolsillo o hacen la vista gorda a cambio de una caja de pulpos, motivaron condenas de prisión en congruencia con el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular.

El magistrado y presidente del tribunal, Secundino Alemán, impuso penas que van desde una multa de 140 euros por cohecho simple, hasta los ocho años y medio de prisión por los delitos continuados de cohecho y de falsificación en documento oficial, según el grado de implicación de los agentes. Casi todos pertenecían a la Unidad Fiscal del Aeropuerto de Gran Canaria.

La sentencia establece que los guardias civiles tenían un "plan preconcebido para "lucrarse indebidamente" con la "exigencia y obtención" de parte del dinero o de la mercancía que los extranjeros iban a introducir en España, siempre a cambio falsear la declaración de los movimientos de pago o de no fiscalizar los bienes.

Los funcionarios estaban obligados a contar y verificar de manera efectiva el dinero que traen los viajeros, no sólo de manera aproximada, entre otros motivos porque esa es la manera que tiene la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de luchar contra el blanqueo de capitales en los aeropuertos. De ahí el "grave daño" económico causado por los acusados al sistema financiero, según explica el fallo de la Audiencia Provincial.

Todos esos argumentos, con la magistrada Margarita Varona Faus como ponente, han sido ratificados ahora por la Sala de lo Penal del TSJC, cuya sentencia, de 65 folios debido a los diez recursos y sus diferentes motivos de apelación, es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo (TS).

Las defensas de los condenados planteaban, entre otros argumentos más técnicos como el concurso medial de delitos, la vulneración de derechos fundamentales, valoraciones erróneas de la prueba y penas menores por los más de diez años transcurridos entre las detenciones y el juicio, que se celebró en junio del año pasado en la Audiencia de Las Palmas, pero el TSJC rechaza esas pretensiones y confirma la sentencia en su integridad, sin conceder si quiera la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas porque la simple está bien aplicada, tal y como defendió la fiscal Teseida García en la vista oral. Tanto el misterio público como la juez de instrucción afrontaron una gran cantidad de recursos que retrasaron un procedimiento complejo, con muchos implicados, entre ellos los ciudadanos africanos y pequeños empresarios que accedían a las mordidas de los agentes en el aeropuerto (algunos de ellos no se presentaron al juicio y otros han sido condenados a penas menores porque recocieron los sobornos).

La defensas, además, acusan a un funcionaria de la Administración Tributaria de mentir en el juicio para facilitar las condenas. Esa testigo corroboró que los agentes estaban obligados verificar de manera efectiva el dinero de los viajeros, razón por la que las declaraciones a rellenar tienen dos casillas: una con el "sí" cuando se hace el recuento y otra con el "no" cuando no se hace. "Es de sentido común que estaban obligados a contar el dinero billete a billete o con las máquinas", responde el TSJC en su sentencia. Los jueces niegan que esa falsedad sea accesorio para cometer el cohecho. Por eso confirman las condenas por ambos delitos.

Compartir el artículo

stats